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Fundamentar - Fundamentar https://fundamentar.com Wed, 08 May 2024 08:03:36 -0300 Joomla! - Open Source Content Management es-es Fondos Buitre: Kicillof Destacó Que el FMI le Dio la Razón a la Argentina https://fundamentar.com/nacional/item/4182-fondos-buitre-kicillof-destaco-que-el-fmi-le-dio-la-razon-a-la-argentina https://fundamentar.com/nacional/item/4182-fondos-buitre-kicillof-destaco-que-el-fmi-le-dio-la-razon-a-la-argentina "El FMI ha presentado un documento donde nos da la razón en todo", reveló Kicillof

"El FMI ha presentado un documento donde nos da la razón en todo", reveló Kicillof al término de las actividades de la asamblea anual del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial en Washington.

El ministro de Economía, Axel Kicillof, aseguró hoy que el Fondo Monetario Internacional le dio la razón a la Argentina, asegurando que la cláusula pari passu "estuvo mal interpretada por los juzgados norteamericanos" y que por lo tanto se recomendó "sacarla" de futuros contratos.

"El FMI ha presentado un documento donde nos da la razón en todo", reveló Kicillof al término de las actividades de la asamblea anual del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial en Washington.

En diálogo con la prensa, el ministro de Economía contó que "en primer lugar ha dicho que la cláusula pari passu estuvo mal interpretada por los juzgados norteamericanos y recomendó sacarla", y explicó que "la pari passu era una cláusula estándar que todo el mundo ponía en los contratos porque nadie esperaba que un juez como Griesa la interpretara de esta manera, a instancias de los fondos buitre. Entonces ha recomendado cambiara dando la razón a la posición argentina".

Por otra parte, el titular del palacio de Hacienda afirmó que el organismo multilateral de crédito "ha recomendado cambiar las mayorías para los problemas de deuda externa, para que si hay problemas como este, los acreedores puedan reunirse para generar decisiones y de esta manera puedan sacar del medio a los fondos fuitres".

Kicillof añadió además que el FMI consideró que este litigio "no es un problema de Argentina sino de la arquitectura financiera internacional" y consideró que "esto pone una fuerte presión sobre el juzgado de Griesa".

 

FUENTE: Télam

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hola@fundamentar.com (Luciano Herrero) Argentina Fri, 10 Oct 2014 17:15:21 -0300
La Justicia Alemana Falló a Favor de la Argentina en un Planteo de Bonistas https://fundamentar.com/nacional/item/2398-la-justicia-alemana-fallo-a-favor-de-la-argentina-en-un-planteo-de-bonistas https://fundamentar.com/nacional/item/2398-la-justicia-alemana-fallo-a-favor-de-la-argentina-en-un-planteo-de-bonistas La Justicia Alemana Falló a Favor de la Argentina en un Planteo de Bonistas

La justicia alemana rechazó el primer planteo de tenedores de bonos argentinos en default basado en una interpretación similar a la cláusula `pari passu` que hicieran fondos buitre en Nueva York y que obtuviera respuesta positiva de parte del juez Thomas Griesa.

El pronunciamiento de la justicia germana se da cuando aún resta el pronunciamiento de la Corte de Apelaciones de Nueva York en la causa que lleva adelante Argentina contra fondos buitre.

A lo que se suma que el Gobierno nacional también interpuso ante la Corte Suprema de EEUU una presentación contraria al fallo del juez Griesa.

En este caso se trata de un tenedor alemán minorista que posee una sentencia firme por aproximadamente 1,5 millones de euros más intereses, informaron fuentes cercanas a la causa.

El tenedor, identificado bajo el nombre de Laxhuber, inició el primer reclamo pari passu ante la 7° División Civil de la Corte Regional de Frankfurt am Main a cargo de la jueza Brücher.

En la presentación solicitó una medida cautelar similar a la solicitada por los buitres en Nueva York, básicamente que se le ordene a la República que imparta una instrucción al BONY para que pague sus bonos a la par que realiza los pagos de la deuda reestructurada.

El 14 de junio pasado se produjo una audiencia en la que la jueza dio a entender que estaba inclinada a rechazar el reclamo bajo la teoría de la cosa juzgada.

Por esto el tenedor modificó su pretensión para incluir, además del reclamo contractual, una solicitud bajo responsabilidad extracontractual, basado en la responsabilidad de Argentina al sancionar la ley cerrojo, y al no pagar sus bonos, por lo que dichos daños debían también ser pagados pari passu con la deuda reestructurada.

Respecto a esta última presentación, la jusiticia alemana  rechazó el reclamo contractual por encontrar que existe "cosa juzgada".

El juez razonó que Laxhuber ya había alcanzado el objetivo propuesto de obtener un título válido y ejecutable cuando obtuvo sentencia final contra la República por el capital e intereses.

En consecuencia, no puede ahora, en base a la cláusula pari passu, pretender obtener un nuevo título que le permita cobrar prorrata cuando ya tiene un título (la sentencia original) que es mejor (ya que la sentencia ordena el pago del 100%, en lugar de prorrata).

El juez añadió que las formas para hacer efectiva una sentencia son aquellas previstas en el Código de Procedimiento Civil, y no a través de un nuevo procedimiento principal para obtener una nueva sentencia, incluso en los casos en los que hay una sentencia firme y el deudor se rehúsa a pagar.

Aun en el caso que se pueda interpretar que la cláusula pari passu significa tratamiento igualitario, el único remedio en caso de incumplimiento sería aceleración y reclamo por daños.

Además, la justicia rechazó el reclamo extracontractual de Laxhuber.

En este punto, el juez determinó que Laxhuber debería haber introducido el reclamo por daño extracontractual en la causa principal que culminó en el dictado de la sentencia contra la República por el cobro de bonos.

En consecuencia, rechazó el reclamo extracontractual también  bajo la forma de "cosa juzgada".

El juez de todos modos aclaró que, de pronunciarse sobre el fondo, también hubiera rechazado el reclamo ya que, si se considerara que la Ley Cerrojo es un acto que hace nacer responsabilidad extracontractual (tortious act), gozaría de inmunidad soberana por tratarse de un acto jure imperii. 

 

FUENTE:Télam

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hola@fundamentar.com (Luciano Herrero) Argentina Thu, 11 Jul 2013 21:04:15 -0300