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Fundamentar - Documentos de Trabajo Este portal pretende hacer un aporte a la cualificación del debate político y económico en la Argentina. Ponemos ideas en discusión que pretenden servir para que surjan otras visiones que enriquezcan el análisis. https://fundamentar.com/publicaciones/documentos-de-trabajo/itemlist/tag/muerte%20digna 2024-05-14T01:44:51-03:00 Joomla! - Open Source Content Management La Corte Suprema Reconoció el Derecho de Todo Paciente a Decidir su Muerte Digna 2015-07-07T17:32:03-03:00 2015-07-07T17:32:03-03:00 https://fundamentar.com/nacional/item/4929-la-corte-suprema-reconocio-el-derecho-de-todo-paciente-a-decidir-su-muerte-digna Fundamentar hola@fundamentar.com <div class="K2FeedImage"><img src="https://fundamentar.com/media/k2/items/cache/ecf26a05ec1ce26d85ad48bbaa3c5206_S.jpg" alt="Un &quot;caso único&quot; en la jurisprudencia nacional" /></div><div class="K2FeedIntroText"><p> <em>La Corte garantiz&oacute; que se respete la voluntad de un paciente para que se suspendan las medidas que desde hace 20 a&ntilde;os prolongan artificialmente su vida, un &quot;caso &uacute;nico&quot; en la jurisprudencia nacional.</em></p></div><div class="K2FeedFullText"><p> La Corte Suprema de Justicia de la Naci&oacute;n garantiz&oacute; que se respete la voluntad de un paciente -cuyas iniciales son M.A.D y su nombre completo se resguard&oacute; por razones de privacidad- para que se suspendan las medidas que desde hace m&aacute;s de 20 a&ntilde;os prolongan artificialmente su vida, un &quot;caso &uacute;nico&quot; en la jurisprudencia nacional, destacaron fuentes judiciales.</p> <p class="blubox-jck"> La Corte confirm&oacute; la decisi&oacute;n tomada por el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Neuqu&eacute;n, ante la demanda promovida por las hermanas del paciente.</p> <p> En cuanto a la implementaci&oacute;n de la resoluci&oacute;n, la Corte remarc&oacute; la importancia de que, al hacer efectiva la voluntad de M.A.D. y proceder al retiro de las medidas de soporte vital, &quot;se adopten todos los recaudos necesarios para el adecuado control y alivio de un eventual sufrimiento del paciente&quot;.</p> <p> La Corte confirm&oacute; la decisi&oacute;n tomada por el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Neuqu&eacute;n, ante la demanda promovida por las hermanas del paciente.</p> <p> Como consecuencia de un accidente automovil&iacute;stico, el paciente se encuentra postrado desde 1995, con una grave secuela con destrucci&oacute;n del l&oacute;bulo frontal y severas lesiones en los l&oacute;bulos temporales y occipitales.</p> <p class="blubox-jck"> &quot;En los casos de la eutanasia hay que actuar para interrumpir la vida, en el resulto por la Corte hay &#39;abstenci&oacute;n terap&eacute;utica&#39;&quot;, explicaron las fuentes vinculadas al m&aacute;ximo tribunal.</p> <p> Seg&uacute;n constancias del expediente, M.A.D. &quot;desde hace 20 a&ntilde;os no habla, no muestra respuestas gestuales o verbales, no vocaliza ni gesticula ante est&iacute;mulos verbales o visuales&quot; y &quot;carece de conciencia del medio que lo rodea, de capacidad para elaborar una comunicaci&oacute;n, comprensi&oacute;n o expresi&oacute;n a trav&eacute;s de lenguaje alguno&quot;.</p> <p> El paciente &quot;necesita atenci&oacute;n permanente para satisfacer sus necesidades b&aacute;sicas y es alimentado por una sonda conectada a su intestino delgado&quot;, indic&oacute;.</p> <p> Para resolver la cuesti&oacute;n, la Corte encomend&oacute; estudios a la Fundaci&oacute;n Favaloro, los que corroboraron el car&aacute;cter &quot;irreversible&quot; e &quot;incurable&quot; del paciente.</p> <p> Si bien M.A.D. no hab&iacute;a brindado ninguna instrucci&oacute;n formalizada por escrito respecto qu&eacute; conducta m&eacute;dica deb&iacute;a adoptarse en una situaci&oacute;n como la que se encuentra en la actualidad, la Corte ponder&oacute; los testimonios de las hermanas del paciente, quienes manifestaron conocer su voluntad.</p> <p> Las parientes manifestaron, bajo declaraci&oacute;n jurada, que la voluntad de su hermano era suspender las medidas artificiales que lo mantienen vivo.</p> <p> <img alt="" src="https://fundamentar.com/archivos/articulos/lectura_recomendada/muerte_digna.jpg" style="width: 400px; height: 256px; margin-left: 10px; margin-right: 10px; float: left;" />En tal sentido &quot;solicitaron la suspensi&oacute;n de las medidas de soporte vital que se le vienen suministrando desde hace dos d&eacute;cadas&quot;, consign&oacute; el fallo de la Corte.</p> <p> &quot;Es indiscutible que M.A.D. es una persona en sentido pleno, que sus derechos fundamentales deben ser protegidos sin discriminaci&oacute;n alguna y que, por ello, goza del derecho a la plena autodeterminaci&oacute;n de decidir tanto de recibir las necesarias prestaciones como tambi&eacute;n cesar su tratamiento m&eacute;dico&quot;, sostuvo la Corte.</p> <p> &quot;A ning&uacute;n otro poder del Estado, instituci&oacute;n o persona distinta de M.A.D. le corresponde decidir si su vida, tal como hoy transcurre, merece ser vivida&quot;, agreg&oacute;.</p> <p> El m&aacute;ximo tribunal, con la firma de su presidente, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton y Juan Carlos Maqueda, aclar&oacute; que el presente no es un caso de eutanasia.</p> <p> &quot;En los casos de la eutanasia hay que actuar para interrumpir la vida, en el resulto por la Corte hay &#39;abstenci&oacute;n terap&eacute;utica&#39;&quot;, explicaron las fuentes vinculadas al m&aacute;ximo tribunal.</p> <p> Las fuentes se&ntilde;alaron que el del M.A.D., con sus caracter&iacute;sticas, es &quot;un caso &uacute;nico&quot; en la jurisprudencia nacional y con un solo antecedente a nivel mundial, correspondiente al expediente &quot;Lambert vs. Francia&quot;.</p> <p> &nbsp;</p> <p> <strong>FUENTE:</strong> <a href="http://www.telam.com.ar/notas/201507/111840-corte-suprema-muerte-digna.html" target="_blank">T&eacute;lam</a></p></div> <div class="K2FeedImage"><img src="https://fundamentar.com/media/k2/items/cache/ecf26a05ec1ce26d85ad48bbaa3c5206_S.jpg" alt="Un &quot;caso único&quot; en la jurisprudencia nacional" /></div><div class="K2FeedIntroText"><p> <em>La Corte garantiz&oacute; que se respete la voluntad de un paciente para que se suspendan las medidas que desde hace 20 a&ntilde;os prolongan artificialmente su vida, un &quot;caso &uacute;nico&quot; en la jurisprudencia nacional.</em></p></div><div class="K2FeedFullText"><p> La Corte Suprema de Justicia de la Naci&oacute;n garantiz&oacute; que se respete la voluntad de un paciente -cuyas iniciales son M.A.D y su nombre completo se resguard&oacute; por razones de privacidad- para que se suspendan las medidas que desde hace m&aacute;s de 20 a&ntilde;os prolongan artificialmente su vida, un &quot;caso &uacute;nico&quot; en la jurisprudencia nacional, destacaron fuentes judiciales.</p> <p class="blubox-jck"> La Corte confirm&oacute; la decisi&oacute;n tomada por el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Neuqu&eacute;n, ante la demanda promovida por las hermanas del paciente.</p> <p> En cuanto a la implementaci&oacute;n de la resoluci&oacute;n, la Corte remarc&oacute; la importancia de que, al hacer efectiva la voluntad de M.A.D. y proceder al retiro de las medidas de soporte vital, &quot;se adopten todos los recaudos necesarios para el adecuado control y alivio de un eventual sufrimiento del paciente&quot;.</p> <p> La Corte confirm&oacute; la decisi&oacute;n tomada por el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Neuqu&eacute;n, ante la demanda promovida por las hermanas del paciente.</p> <p> Como consecuencia de un accidente automovil&iacute;stico, el paciente se encuentra postrado desde 1995, con una grave secuela con destrucci&oacute;n del l&oacute;bulo frontal y severas lesiones en los l&oacute;bulos temporales y occipitales.</p> <p class="blubox-jck"> &quot;En los casos de la eutanasia hay que actuar para interrumpir la vida, en el resulto por la Corte hay &#39;abstenci&oacute;n terap&eacute;utica&#39;&quot;, explicaron las fuentes vinculadas al m&aacute;ximo tribunal.</p> <p> Seg&uacute;n constancias del expediente, M.A.D. &quot;desde hace 20 a&ntilde;os no habla, no muestra respuestas gestuales o verbales, no vocaliza ni gesticula ante est&iacute;mulos verbales o visuales&quot; y &quot;carece de conciencia del medio que lo rodea, de capacidad para elaborar una comunicaci&oacute;n, comprensi&oacute;n o expresi&oacute;n a trav&eacute;s de lenguaje alguno&quot;.</p> <p> El paciente &quot;necesita atenci&oacute;n permanente para satisfacer sus necesidades b&aacute;sicas y es alimentado por una sonda conectada a su intestino delgado&quot;, indic&oacute;.</p> <p> Para resolver la cuesti&oacute;n, la Corte encomend&oacute; estudios a la Fundaci&oacute;n Favaloro, los que corroboraron el car&aacute;cter &quot;irreversible&quot; e &quot;incurable&quot; del paciente.</p> <p> Si bien M.A.D. no hab&iacute;a brindado ninguna instrucci&oacute;n formalizada por escrito respecto qu&eacute; conducta m&eacute;dica deb&iacute;a adoptarse en una situaci&oacute;n como la que se encuentra en la actualidad, la Corte ponder&oacute; los testimonios de las hermanas del paciente, quienes manifestaron conocer su voluntad.</p> <p> Las parientes manifestaron, bajo declaraci&oacute;n jurada, que la voluntad de su hermano era suspender las medidas artificiales que lo mantienen vivo.</p> <p> <img alt="" src="https://fundamentar.com/archivos/articulos/lectura_recomendada/muerte_digna.jpg" style="width: 400px; height: 256px; margin-left: 10px; margin-right: 10px; float: left;" />En tal sentido &quot;solicitaron la suspensi&oacute;n de las medidas de soporte vital que se le vienen suministrando desde hace dos d&eacute;cadas&quot;, consign&oacute; el fallo de la Corte.</p> <p> &quot;Es indiscutible que M.A.D. es una persona en sentido pleno, que sus derechos fundamentales deben ser protegidos sin discriminaci&oacute;n alguna y que, por ello, goza del derecho a la plena autodeterminaci&oacute;n de decidir tanto de recibir las necesarias prestaciones como tambi&eacute;n cesar su tratamiento m&eacute;dico&quot;, sostuvo la Corte.</p> <p> &quot;A ning&uacute;n otro poder del Estado, instituci&oacute;n o persona distinta de M.A.D. le corresponde decidir si su vida, tal como hoy transcurre, merece ser vivida&quot;, agreg&oacute;.</p> <p> El m&aacute;ximo tribunal, con la firma de su presidente, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton y Juan Carlos Maqueda, aclar&oacute; que el presente no es un caso de eutanasia.</p> <p> &quot;En los casos de la eutanasia hay que actuar para interrumpir la vida, en el resulto por la Corte hay &#39;abstenci&oacute;n terap&eacute;utica&#39;&quot;, explicaron las fuentes vinculadas al m&aacute;ximo tribunal.</p> <p> Las fuentes se&ntilde;alaron que el del M.A.D., con sus caracter&iacute;sticas, es &quot;un caso &uacute;nico&quot; en la jurisprudencia nacional y con un solo antecedente a nivel mundial, correspondiente al expediente &quot;Lambert vs. Francia&quot;.</p> <p> &nbsp;</p> <p> <strong>FUENTE:</strong> <a href="http://www.telam.com.ar/notas/201507/111840-corte-suprema-muerte-digna.html" target="_blank">T&eacute;lam</a></p></div>