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Fundamentar - Lecturas Recomendadas https://fundamentar.com Thu, 02 May 2024 18:52:59 -0300 Joomla! - Open Source Content Management es-es Rios Montt: Relatos de Un Camino Hacia la Impunidad https://fundamentar.com/articulos/opinion/item/3094-rios-montt-relatos-de-un-camino-hacia-la-impunidad https://fundamentar.com/articulos/opinion/item/3094-rios-montt-relatos-de-un-camino-hacia-la-impunidad Rios Montt: Relatos de Un Camino Hacia la Impunidad

La justicia guatemalteca condenó al exdictador José Efraín Ríos Montt con una pena de 50 años de cárcel por delitos de genocidio y 30 años por delitos de lesa humanidad. La decisión, aplaudida y largamente esperada, lejos está de ser efectivamente aplicada.

“La tiranía totalitaria no se edifica sobre las virtudes de los totalitarios sino sobre las faltas de los demócratas”.

Albert Camus(1913-1960)

“Nunca autoricé, nunca firmé, nunca propuse, nunca ordené que se atentara contra una raza, una etnia o una religión[1]” fueron algunas de las palabras de defensa del Dictador Guatemalteco José Efraín Ríos Montt, frente al Tribunal A de Mayor Riesgo, momentos antes de que se pronunciara la sentencia de condena con una pena de 50 años de cárcel por delitos de genocidio y 30 años por delitos de lesa humanidad para completar la suma de 80. La decisión aplaudida y largamente esperada sin embargo lejos está de ser efectivamente aplicada.

RIOS MONTT,  FIGURA CÉLEBRE

Luego del derrocamiento del general Fernando Lucas García, José Efraín Ríos Montt asume la presidencia de facto de Guatemala, a partir de ese momento, en un corto periodo de un año y tras la instauración de un “triunvirato militar”, inicia una campaña de exterminio que hará sentir su vigor con especial ahínco en las comunidades indígenas mayas en el Quiché (norte de Guatemala), arrojando más  de 1772 víctimas, en las operaciones Victoria 82, Sofía, Ixil y Operación Firmeza 83 entre otras[2]. Cobijando además amplios segmentos de población rural particularmente personas en situación de vulnerabilidad: niños, ancianos y mujeres catalogados como guerrilleros y subversivos por el régimen, siguiendo la posición anticomunista y los derroteros de seguridad nacional de la política de contención americana[3] asumidos en el hemisferio, campaña que perduraría más allá del efectivo gobierno de Rios Montt, quien fue destituido en agosto de 1983 por Óscar Mejía Vítores. Este último sancionaría, tres años después, la ley de amnistía general que exculpó a todos los vinculados en delitos perpetrados en el período de dictadura, norma que tuvo diez años de vigencia pues en 1997 se deroga con el Decreto 133-97.

INICIO DE SIGLO… INICIO DE JUICIO

El año 2000 marcaría el inicio de un capítulo procesal que hasta ahora no encuentra su fin. La iniciativa de construcción de memoria histórica del período de gobierno de Ríos Montt así como de los momentos previos y posteriores a su ejercicio presidencial aún no concluye. La presentación del volumen Guatemala: Nunca Másiniciado por el asesinado Obispo José Gerardi, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Archidiócesis de Guatemala y el documento Guatemala Memoria Del Silencio Tz'inil Na'tab'al de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico auspiciada por la Organización de Naciones Unidas, han permitido armar un rompecabezas de más de dos décadas de la historia guatemalteca, facilitando además sustentar los cargos de genocidio, crímenes de lesa humanidad y guerra ahora endilgados a Ríos Montt y otros oficiales militares del período.

Con los documentos en mano, el auspicio de varias organizaciones de derecho guatemaltecas incluidas la Asociación Pro Derechos Humanos de España y el Center for Justice and Accountability -o Centro por la Justicia y la Responsabilidad- y bajo la invocación del principio de Justicia Universal, entendida como la posibilidad de un Estado de ejercer su poder punitivo extraterritorialmente es decir independientemente del lugar en el que fueron cometidos, por la gravedad del delito o su especial significancia internacional,  se procede a efectuar denuncia ante el tribunal Nacional de España contra varios militares, entre ellos Lucas García, Aníbal Guevara y Ríos Montt incluyendo a otros tres civiles. El tribunal profirió orden de captura internacional pero ninguno de los acusados se presentó al juicio.

Ya en Guatemala y luego del retiro de la investidura de diputado del ex dictador en 14 de enero de 2012 se presenta Ríos ante el Tribunal A de Mayor Riesgo junto con los militares de alto rango Pedro García Arredondo y Rodríguez Sánchez  bajo la acusación de cometer crímenes contra la humanidad y genocidio por la masacre de Ixiles que luego se sumarán a acusaciones de traslado forzoso de más de veinticinco mil personas y otros delitos de lesa humanidad perpetrados durante la Masacre de las Dos Erres.

Luego de la declaratoria de inaplicación de la figura de amnistía por uno de los magistrados de conocimiento en sede de apelación, se  procede a  la declaración de culpabilidad y la imposición de la pena principal de 50 años de prisión inconmutable por el delito de genocidio y 30 años por crímenes contra los deberes de humanidad. No obstante, la Corte de Constitucionalidad Guatemalteca ordenó retrotraer el proceso al momento en el que se encontraba el 19 de abril de 2013, período anterior al proveimiento del fallo condenatorio del 10 de mayo, sentencia de anulación ratificada recientemente con un nuevo fallo de ese mismo órgano judicial en la que se abre la posibilidad de aplicar la figura de amnistía para el ex dictador, con base en el Decreto Presidencial 8 de 1986 que concede la prerrogativa a todos los perpetradores de delitos comunes políticos y conexos durante y después de la dictadura es decir, desde el 23 de marzo de 1982 hasta el 14 de enero de 1986.

La sentencia de constitucionalidad se apoya en la tesis de insuficiencia de argumentación del juez de conocimiento que resolvió la apelación a la hora de dictar sentencia, endilgando confusión conceptual entre las figuras de indulto y amnistía, declarando violaciones al debido proceso y ordenando a proferir nuevo fallo donde se precisa porque razón no aplica la figura de extinción de persecución penal en el caso Ríos[4].

Sin embargo, la sentencia de apelación contiene en sus salvamentos de voto los argumentos fundamentales de la atribución de responsabilidad para el ex dictador. La precisión de la imposibilidad de aplicar auto amnistías para los Estados por constituir Vulneración de la Convención Americana de Derechos Humanos, conocido como el Pacto de San José de Costa Rica[5] y de instrumentos internacionales como la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948,  hacen evidentes los perjuicios de la utilización de la institucionalidad y la constitución como norma aislada, en suma como herramienta de protección de los victimarios por encima de los derechos ala dignidad, la vida la integridad y la posibilidad de justicia y reparación, en suma el derecho como instrumento conveniente del silencio y la impunidad.

 

(*) Abogada e investigadora independiente de la  Universidad La Gran Colombia. Bogotá. Con especialización en Derecho Constitucional Universidad de Nuestra Señora del Rosario, Colombia. Maestría en Relaciones Internacionales Iberoamericanas. Universidad Rey Juan Carlos Madrid. España  domicilio Bogotá Colombia. Correo electrónico: andreanar1900@hotmail.comelpendulocrítico.blogspot.com.

 

BIBLIOGRAFÍA

Calvocoressi, Peter. Historia Política del Mundo contemporáneo. Ediciones AKAL,Madrid España pág. 31.

Comision para el Esclarecimiento Historico. Guatemala Memoria Del Silencio Tz'inil Na'tab'al.  Guatemala. Primera edición, junio de 1999.

Corte de constitucionalidad República de Guatemala Expediente 1523-2013 y 1543-2013 (22 de Octubre de 2013) y Votos Razonados

Declaración Americana de derechos Humanos. Especialmente Artículos 1.1, 2,8 y 25. San José, Costa Rica  7 al 22 de noviembre de 1969. Disponible en http://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.htm

Declaración Efraín Rios Ante el Tribunal A de Mayor Riesgo. Jueves 9 de mayo de 2013.



[1] Declaración Efraín Rios Ante el Tribunal A de Mayor Riesgo. Jueves 9 de mayo de 2013.

[2] Comision para el Esclarecimiento Historico. GUATEMALA MEMORIA DEL SILENCIO Tz'inil Na'tab'al. Disponible en http://shr.aaas.org/projects/human_rights/guatemala/ceh/mos_en.pdf.

[3] Calvocoressi.Peter. Historia Política del Mundo contemporáneo. Ediciones AKAL, Madrid España pág. 31.

[4] Véase providencia de Corte de constitucionalidad República de Guatemala Expediente 1523-2013 y 1543-2013 (22 de Octubre de 2013) y Votos Razonados en  http://www.cc.gob.gt/index.php?option=com_content&view=article&id=1068&Itemid=141

[5] Declaración Americana de derechos Humanos. Especialmente Artículos 1.1, 2,8 y 25. San José, Costa Rica  7 al 22 de noviembre de 1969. Disponible en http://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.htm

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hola@fundamentar.com (Andrea Del Pilar Naranjo Morales (*)) Opinión Tue, 19 Nov 2013 17:15:07 -0300
Diversas Organizaciones Rechazan Anulación de Sentencia contra Ríos Montt https://fundamentar.com/internacional/item/2111-diversas-organizaciones-rechazan-anulacion-de-sentencia-contra-rios-montt https://fundamentar.com/internacional/item/2111-diversas-organizaciones-rechazan-anulacion-de-sentencia-contra-rios-montt La sentencia contra Ríos Montt fue anulada. (Foto: Prensa Libre)

La Comisión Internacional de Juristas (CIJ) y diversas organizaciones en Guatemala condenaron el fallo emitido el lunes por la Corte de Constitucionalidad que anula la condena al dictador guatemalteco, Ríos Montt, a 80 años de prisión por genocidio y crímenes de guerra.

La Comisión Internacional de Juristas (CIJ) condenó el fallo emitido el lunes por la Corte de Constitucionalidad de Guatemala que anula la condena al dictador guatemalteco, Ríos Montt, a 80 años de prisión por genocidio y crímenes de guerra. La CIJ consideró que esta medida constituye un retroceso en la búsqueda de la justicia en Guatemala.

"El fallo es contrario a derecho y contradice también la obligación del Estado de Guatemala de juzgar y castigar a los responsables de los crímenes graves", criticó el director de la Oficina de la Comisión Internacional de Juristas, Ramón Cadena, al referirse al veredicto legal.

Además de la CIJ, diversas organizaciones y personalidades manifestaron su descontento con el fallo. El representante del Centro para la Defensa de la Constitución, Alejandro Balsells, estimó que el proceso contra Ríos Montt "se sigue enmarañando en aspectos legales, que al parecer no se resolverán en el corto plazo".

"Como autoridades ancestrales de la región ixil consideramos que con el fallo otorgado por la Corte Constitucional se ha debilitado el sistema de justicia y se ha desacreditado al país ante la comunidad internacional", indicó el representante de las autoridades indígenas de Nebaj, José Miguel de León.

Nebaj, Cotzal y Chajul son tres municipios guatemaltecos, conocidos también como el Triángulo Ixil, donde el Ministerio Público constató el asesinato de mil 771 indígenas a manos de fuerzas represivas durante el régimen de Ríos Montt.

La exjueza Yolanda Pérez manifestó su rechazo a la decisión de anular las actuaciones del juicio por genocidio efectuadas a partir del 19 de abril.

“Estoy de acuerdo con los votos disidentes. Existe el recurso de apelación especial”, explicó Pérez, y expresó que la referida acción sirve para señalar los defectos procesales.

El representante de la organización Seguridad en Democracia, Marco Antonio Canteo, indicó que la decisión de la Corte Constitucional es ambigua porque podría significar el reinicio del debate.

“A partir del 19 de abril se tendrá que retomar el debate. Otra vez a recibir las pruebas”, destacó el analista.

La organización humanitaria Hijos de Guatemala expresó en un comunicado que con esta medida “la Corte Constitucional dictaminó un retroceso hacia el imperio de la impunidad”. Recordaron que en los últimos días la alianza oligárquico-militar recurrió a la guerra psicológica, la amenaza y la manipulación.

El viernes 20 de mayo, Ríos Montt, quien gobernó de facto Guatemala entre marzo de 1982 y agosto de 1983, fue condenado a 80 años de prisión por el genocidio perpetrado durante su gestión contra la etnia indígena ixil, sentencia que fue anulada este lunes por la Corte de Constitucionalidad.

La Sala Tercera de la Corte de Apelaciones fue notificada este martes por la instancia del trámite que debe seguir para cumplir la resolución.

Sin embargo, los magistrados titulares Carlos Contreras, Sergio Lima y Gustavo Dubón se inhibieron de seguir conociendo el proceso contra Ríos Montt y José Rodríguez, su antiguo jefe de Inteligencia militar. La excusa surgió a propósito de que el Ministerio Público presentó una reacusación en contra de ellos por dudar de su imparcialidad.

Como no pudo conformarse la terna de jueces suplentes, se pidió a la Corte Suprema de Justicia nombrar una nueva sala.

Por su parte, el abogado Francisco García presentó un recurso para que le retiren la custodia policial a su cliente Ríos Montt y que este regrese al arresto domiciliario que mantenía antes de haber sido condenado.

Desde el pasado 13 de mayo, el exgeneral permanece ingresado en el Centro Médico Militar por presuntos problemas de salud.
 

RELEVAMIENTO Y EDICIÓN: Imanol Barrangú

FUENTE: TeleSur

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hola@fundamentar.com (Imanol Barrangu) Internacional Wed, 22 May 2013 15:39:24 -0300
El Constitucional de Guatemala Anula la Condena a Ríos Montt https://fundamentar.com/internacional/item/2101-el-constitucional-de-guatemala-anula-la-condena-a-rios-montt https://fundamentar.com/internacional/item/2101-el-constitucional-de-guatemala-anula-la-condena-a-rios-montt El Constitucional de Guatemala Anula la Condena a Ríos Montt

El ex dictador había sido sentenciado a 80 años de cárcel por genocidio y crímenes contra la humanidad

Como muchos sectores temían, el Tribunal Constitucional de Guatemala decidió la noche de este lunes anular la sentencia del juicio que había condenado al exdictador Efraín Ríos Montt a 80 años de prisión por genocidio y delitos de lesa humanidad. Tras una sesión maratoniana, los magistrados llegaron a una decisión dividida, con tres votos favorables para Ríos y dos en contra, aceptando los recursos que había presentado la defensa del general por supuestas irregularidades.

Los magistrados consideran que el tribunal no resolvió en su día una recusación planteada en contra de dos miembros de esa judicatura y todas las actuaciones judiciales celebradas desde el 19 abril hasta el 10 de mayo, día de la sentencia, deberán ser repetidas.

Los magistrados se habían visto presionados por los poderes fácticos, en esta ocasión representados por la Asociación de Veteranos militares de Guatemala (AVEMILGUA), que llegó a amenazar con movilizar hasta 50.000 paramilitares de las tenebrosa Patrullas de Autodefensa Civil (PAC) y de la todopoderosa patronal, aglutinada en el Comité Coordinador de Asociaciones Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF).

Por una parte, la AVEMILGUA amenazó con marchar sobre la capital y paralizar el país a base de bloquear las principales vías de comunicación hasta lograr la liberación del viejo caudillo. Por su parte, la patronal respondió a la condena con un comunicado en espacios comprados en la prensa, la radio y la televisión, donde rechaza, absolutamente, la existencia de un genocidio en Guatemala.

La reacción de los militares era previsible: hasta la restauración de la democracia, en 1985, fueron formados bajo una disciplina inspirada en la obediencia ciega, tan propia de los ejércitos habituados al intervencionismo y a no rendir nunca cuentas a nadie. Sin embargo, el pronunciamiento empresarial solo se explica, en palabras del historiador José Cal, “porque tradicionalmente el Ejército ha estado al servicio del gran capital” y añade que su postura también evidencia que la represión fue financiada, desde siempre, por el empresariado.

REACCIONES ENCONTRADAS

La decisión del Constitucional ha provocado reacciones encontradas en el país. El analista Manfredo Marroquín, presidente de Acción Ciudadana dijo que la anulación del juicio es una muestra más de la “extrema debilidad del sistema de justicia de Guatemala”. Añadió que este fallo es una señal que confunde a la opinión pública nacional e internacional y que viene a confirmar un temor generalizado: “La impunidad sigue siendo la única ley que rige en Guatemala”, extremo que, en alguna manera convierte a este país en “una amenaza muy grande” para la convivencia democrática de la región”.

El periodista Gonzalo Asturias, quien fuera el secretario de Prensa de la presidencia de Ríos Montt, sin entrar a calificar la decisión del Constitucional, dijo que Ríos Montt no es más que un “chivo expiatorio que intentó poner freno a la orgía de sangre que heredó del gobierno de Romeo Lucas García”. Asturias dice ser testigo de cómo Ríos Montt ordenó el máximo respeto para la población civil. “Que no se mate a nadie que no sea combatiente” era la orden, pero la oficialidad la ignoró olímpicamente, “como consecuencia de la inercia de desmanes heredada del gobierno depuesto con el golpe del 23 de marzo de 1982”.
 

FUENTE: El País

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hola@fundamentar.com (Fabián Vidoletti) Internacional Tue, 21 May 2013 15:26:32 -0300