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Miércoles, 20 Noviembre 2019 18:46

Iván Duque habilita el toque de queda ante un paro nacional en Colombia

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El Presidente de Colombia, Iván Duque El Presidente de Colombia, Iván Duque

Los mandatarios locales podrán restringir y vigilar la circulación de las personas por vías y lugares públicos y requerir el auxilio de la fuerza armada. Esta medida se da de cara al paro nacional de este 21 de noviembre. 
 
 

La Presidencia de Colombia informó este miércoles en un comunicado que de cara al paro nacional del próximo jueves 21 de noviembre el presidente Iván Duque expidió el decreto 2087 de noviembre de 2019 para "la conservación del orden público y garantizar el derecho a la manifestación pública, pacífica y sin armas".

Mediante la disposición, el Ejecutivo colombiano hace un llamado especial a los alcaldes municipales y distritales "para que tomen las medidas requeridas en su deber de conservar el orden público".

Esto es que, por instrucciones específicas del presidente, "en caso de ser necesario, los alcaldes podrán restringir y vigilar la circulación de las personas por vías y lugares públicos, decretar el toque de queda, restringir o prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes, entre otras".

El decreto, suscrito también por la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, reitera las contempladas en la Ley 1551 de 2012, en la que en su artículo 29 se faculta a los alcaldes para: "Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones del presidente de la República y del respectivo gobernador".

Agrega la norma en este sentido que la Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante.

También podrán los mandatarios locales "dictar para el mantenimiento del orden público o su restablecimiento de conformidad con la ley, si fuera del caso, medidas tales como: Restringir y vigilar la circulación de las personas por vías y lugares públicos; decretar el toque de queda; restringir o prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes; requerir el auxilio de la fuerza armada en los casos permitidos por la Constitución y la ley".

De igual forma, el Decreto 2087 ordena a los gobernadores "velar" porque los alcaldes tomen las medidas requeridas para la conservación del orden público en sus territorios y "que estas respondan a los principios de proporcionalidad, necesidad y razonabilidad".

También el Gobierno ordena el cierre de los pasos fronterizos y fluviales autorizados de frontera en el lapso comprendido entre las 0:00 horas de este miércoles 20 de noviembre y hasta las 5:00 horas del próximo viernes 22 de noviembre.

FUENTE: El Heraldo (Colombia)

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