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Fundamentar - Nacional Este portal pretende hacer un aporte a la cualificación del debate político y económico en la Argentina. Ponemos ideas en discusión que pretenden servir para que surjan otras visiones que enriquezcan el análisis. https://fundamentar.com/nacional/itemlist/tag/Democratizaci%C3%B3n%20de%20la%20Justicia 2024-05-07T19:50:21-03:00 Joomla! - Open Source Content Management La Corte Declaró "Inaplicables" Varios Artículos de la Reforma Judicial 2013-08-21T18:52:38-03:00 2013-08-21T18:52:38-03:00 https://fundamentar.com/nacional/item/2637-la-corte-declaro-inaplicables-varios-articulos-de-la-reforma-judicial Pedro Arrospidegaray hola@fundamentar.com <div class="K2FeedImage"><img src="https://fundamentar.com/media/k2/items/cache/87a72099ffdf58f8548c1fad1f88bfe5_S.jpg" alt="Corte Suprema de Justicia de la Nación" /></div><div class="K2FeedIntroText"><p> <em>La Corte Suprema de Justicia resolvi&oacute; mediante tres acordadas sucesivas, la inaplicabilidad de normas votadas por el Congreso en el paquete de la reforma judicial.</em></p></div><div class="K2FeedFullText"><p> En relaci&oacute;n a la ley 26.856, que dispuso la publicaci&oacute;n en un diario judicial gratuito de todos los fallos judiciales, el m&aacute;ximo tribunal consider&oacute; que los objetivos centrales de la norma &ldquo;se encuentran ya cumplidos&rdquo;.</p> <p> Invoc&oacute; la acordada 14/2013 del mismo tribunal que estableci&oacute; la obligaci&oacute;n de publicaci&oacute;n de sentencias a trav&eacute;s del Sistema Inform&aacute;tico de Gesti&oacute;n Judicial que se acceder&aacute; a trav&eacute;s del Centro de Informaci&oacute;n Judicial (CIJ).</p> <p class="blubox-jck" style="text-align: center;"> &ldquo;estableci&oacute; como autoridad responsable de la aplicaci&oacute;n del r&eacute;gimen de recepci&oacute;n, custodia, registro y archivo de las declaraciones juradas de los magistrados y funcionarios de este tribunal a la Secretar&iacute;a General y Administraci&oacute;n de la Corte Suprema de Justicia&rdquo;</p> <p> La Corte aprob&oacute; crear un protocolo de Registro de Sentencias, acordadas y resoluciones administrativas hasta tanto ser puesta en marcha dicho sistema.</p> <p> En relaci&oacute;n a la ley 26.857, que sancion&oacute; el car&aacute;cter p&uacute;blico de las declaraciones juradas patrimoniales integrales de los funcionarios p&uacute;blicos, la Corte la consider&oacute; &ldquo;consistente con los principios de transparencia&rdquo; pero declar&oacute; la &ldquo;inaplicabilidad&rdquo; del art&iacute;culo 6 que deposit&oacute; en la Oficina Anticorrupci&oacute;n la aplicaci&oacute;n de la norma.</p> <p> En tal sentido &ldquo;estableci&oacute; como autoridad responsable de la aplicaci&oacute;n del r&eacute;gimen de recepci&oacute;n, custodia, registro y archivo de las declaraciones juradas de los magistrados y funcionarios de este tribunal a la Secretar&iacute;a General y Administraci&oacute;n de la Corte Suprema de Justicia&rdquo;.</p> <p> Finalmente y en relaci&oacute;n a la ley 26.861 referida a los concursos p&uacute;blicos para el ingreso a cargos letrados y de empleados de maestranza, el m&aacute;ximo tribunal consider&oacute; que r&eacute;gimen legal &ldquo;no resulta aplicable en el &aacute;mbito de esta Corte&rdquo; e invoc&oacute; el art&iacute;culo 113 de la Constituci&oacute;n Nacional.</p> <p> La acordada con la firma de los siete ministros, estableci&oacute; que la Corte Suprema &ldquo;como autoridad de aplicaci&oacute;n&rdquo; de la ley 26.861 &ldquo;sancionar&aacute; la reglamentaci&oacute;n del procedimiento de concursos previstos para el ingreso al Poder Judicial&rdquo;.</p> <p> &nbsp;</p> <p> <strong>RELEVAMIENTO Y EDICI&Oacute;N:</strong> Pedro Arrospidegaray</p> <p> <strong>FUENTE:</strong> <a href="http://www.telam.com.ar/notas/201308/29587-la-corte-declaro-inaplicables-varios-articulos-de-la-reforma-judicial-votada-por-el-congreso.html" target="_blank">T&eacute;lam</a></p></div> <div class="K2FeedImage"><img src="https://fundamentar.com/media/k2/items/cache/87a72099ffdf58f8548c1fad1f88bfe5_S.jpg" alt="Corte Suprema de Justicia de la Nación" /></div><div class="K2FeedIntroText"><p> <em>La Corte Suprema de Justicia resolvi&oacute; mediante tres acordadas sucesivas, la inaplicabilidad de normas votadas por el Congreso en el paquete de la reforma judicial.</em></p></div><div class="K2FeedFullText"><p> En relaci&oacute;n a la ley 26.856, que dispuso la publicaci&oacute;n en un diario judicial gratuito de todos los fallos judiciales, el m&aacute;ximo tribunal consider&oacute; que los objetivos centrales de la norma &ldquo;se encuentran ya cumplidos&rdquo;.</p> <p> Invoc&oacute; la acordada 14/2013 del mismo tribunal que estableci&oacute; la obligaci&oacute;n de publicaci&oacute;n de sentencias a trav&eacute;s del Sistema Inform&aacute;tico de Gesti&oacute;n Judicial que se acceder&aacute; a trav&eacute;s del Centro de Informaci&oacute;n Judicial (CIJ).</p> <p class="blubox-jck" style="text-align: center;"> &ldquo;estableci&oacute; como autoridad responsable de la aplicaci&oacute;n del r&eacute;gimen de recepci&oacute;n, custodia, registro y archivo de las declaraciones juradas de los magistrados y funcionarios de este tribunal a la Secretar&iacute;a General y Administraci&oacute;n de la Corte Suprema de Justicia&rdquo;</p> <p> La Corte aprob&oacute; crear un protocolo de Registro de Sentencias, acordadas y resoluciones administrativas hasta tanto ser puesta en marcha dicho sistema.</p> <p> En relaci&oacute;n a la ley 26.857, que sancion&oacute; el car&aacute;cter p&uacute;blico de las declaraciones juradas patrimoniales integrales de los funcionarios p&uacute;blicos, la Corte la consider&oacute; &ldquo;consistente con los principios de transparencia&rdquo; pero declar&oacute; la &ldquo;inaplicabilidad&rdquo; del art&iacute;culo 6 que deposit&oacute; en la Oficina Anticorrupci&oacute;n la aplicaci&oacute;n de la norma.</p> <p> En tal sentido &ldquo;estableci&oacute; como autoridad responsable de la aplicaci&oacute;n del r&eacute;gimen de recepci&oacute;n, custodia, registro y archivo de las declaraciones juradas de los magistrados y funcionarios de este tribunal a la Secretar&iacute;a General y Administraci&oacute;n de la Corte Suprema de Justicia&rdquo;.</p> <p> Finalmente y en relaci&oacute;n a la ley 26.861 referida a los concursos p&uacute;blicos para el ingreso a cargos letrados y de empleados de maestranza, el m&aacute;ximo tribunal consider&oacute; que r&eacute;gimen legal &ldquo;no resulta aplicable en el &aacute;mbito de esta Corte&rdquo; e invoc&oacute; el art&iacute;culo 113 de la Constituci&oacute;n Nacional.</p> <p> La acordada con la firma de los siete ministros, estableci&oacute; que la Corte Suprema &ldquo;como autoridad de aplicaci&oacute;n&rdquo; de la ley 26.861 &ldquo;sancionar&aacute; la reglamentaci&oacute;n del procedimiento de concursos previstos para el ingreso al Poder Judicial&rdquo;.</p> <p> &nbsp;</p> <p> <strong>RELEVAMIENTO Y EDICI&Oacute;N:</strong> Pedro Arrospidegaray</p> <p> <strong>FUENTE:</strong> <a href="http://www.telam.com.ar/notas/201308/29587-la-corte-declaro-inaplicables-varios-articulos-de-la-reforma-judicial-votada-por-el-congreso.html" target="_blank">T&eacute;lam</a></p></div> Alak: No queremos que cercenen un derecho que da la Constitución 2013-06-12T17:43:09-03:00 2013-06-12T17:43:09-03:00 https://fundamentar.com/nacional/item/2211-alak-no-queremos-que-cercenen-un-derecho-que-da-la-constitucion Pedro Arrospidegaray hola@fundamentar.com <div class="K2FeedImage"><img src="https://fundamentar.com/media/k2/items/cache/78f74553d9b7eaebe2b6bcb8854f6127_S.jpg" alt="Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak" /></div><div class="K2FeedIntroText"><p> <em>El ministro de Justicia, Julio Alak, confirm&oacute; adem&aacute;s hoy que el Gobierno apelar&aacute; &quot;entre hoy y el viernes&quot; ante la Corte Suprema el fallo de la jueza Mar&iacute;a Servini de Cubr&iacute;a respecto de la elecci&oacute;n popular de los representantes del Consejo de la Magistratura.</em></p></div><div class="K2FeedFullText"><p> El ministro de Justicia y Derechos Humanos manifest&oacute;, en di&aacute;logo con radio Continental, que &quot;el Estado nacional va a apelar este fallo&quot; por el que &quot;se pretende dictar la inconstitucionalidad de una ley absolutamente constitucional&quot;.</p> <p> Tras refutar a quienes afirman que la Justicia es la que interpreta la Constituci&oacute;n, asever&oacute; que &quot;el primer int&eacute;rprete es el Congreso de la Naci&oacute;n y el &uacute;ltimo es el Poder Judicial&quot;.</p> <p> Ayer, a &uacute;ltima hora, Servini de Cubr&iacute;a declar&oacute; la inconstitucionalidad de los art&iacute;culos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855 del Consejo de la Magistratura y del decreto 577/13 que convoca a elecci&oacute;n por medio del voto popular de los consejeros que representan a abogados, jueces y acad&eacute;micos.</p> <p> En ese marco, el ministro se&ntilde;al&oacute; que la decisi&oacute;n de la magistrada es de &quot;gravedad institucional&quot; porque &quot;se le est&aacute; impidiendo al pueblo el ejercicio de su derecho soberano&quot;, y aunque admiti&oacute; que a&uacute;n &quot;lo estamos analizando&quot;, consider&oacute; que la apelaci&oacute;n del Poder Ejecutivo contra el fallo &quot;debe ir por el lado del per saltum&quot;, que llevar&iacute;a el caso directamente a la Corte Suprema de Justicia.</p> <p> El funcionario consider&oacute; que el pronunciamiento se corresponde con un &quot;esquema corporativo, aristocr&aacute;tico y pre democr&aacute;tico&quot; y advirti&oacute; que &quot;donde no hay democracia, hay aristocracia&quot;.</p> <p> En ese sentido, subray&oacute; que &quot;el Poder Judicial no es de los jueces ni de los abogados, es del pueblo y por tanto el pueblo tiene derecho a elegir a quienes lo representen en el Consejo de la Magistratura&quot;.</p> <p> Se&ntilde;al&oacute; luego que los poderes Ejecutivo y el Legislativo &quot;tienen legitimidad democr&aacute;tica de origen&quot; y, tras diferenciarlos del Judicial que &quot;arrastra desde su dise&ntilde;o constitucional un d&eacute;ficit democr&aacute;tico&quot;, destac&oacute; que &quot;en ning&uacute;n lugar del art&iacute;culo 114 de la Constituci&oacute;n dice que el pueblo no puede elegir a sus representantes y a los abogados y a los jueces&quot;.</p> <p> El ministro estim&oacute; que la apelaci&oacute;n de Gobierno contra el fallo de Servini de Cubr&iacute;a &quot;tendr&iacute;a que ser entre hoy y el viernes, no m&aacute;s all&aacute;&quot; y se manifest&oacute; confiado en que la Corte Suprema se va a expedir &quot;favorablemente&quot; a la postura gubernamental porque &quot;la Constituci&oacute;n no es solamente la interpretaci&oacute;n restrictiva del art&iacute;culo 114 sino que &quot;implica tambi&eacute;n otros art&iacute;culos que hablan de que el acceso a los cargos p&uacute;blicos debe ser un derecho que los ciudadanos puedan votar&quot;.</p> <p> Alak se&ntilde;al&oacute; que tras la apelaci&oacute;n del Poder Ejecutivo, la norma rechazada por Servini de Cubria &quot;quedar&aacute; absolutamente vigente&quot;, a pesar de las medidas cautelares dictadas por jueces &quot;sin competencia para ello&quot;, y consider&oacute; que en caso de un pronunciamiento negativo de la Corte a la presentaci&oacute;n del Gobierno &quot;lamentablemente el pueblo no va a poder elegir a sus representantes&quot;.</p> <p> &nbsp;</p> <p> <strong>RELEVAMIENTO Y EDICION:</strong> Pedro Arrospidegaray</p> <p> <strong>FUENTE:</strong> <a href="http://www.telam.com.ar/notas/201306/20935-no-queremos-que-cercen-al-ciudadano-un-derecho-que-le-da-la-constitucion.html" target="_blank">T&eacute;lam</a></p></div> <div class="K2FeedImage"><img src="https://fundamentar.com/media/k2/items/cache/78f74553d9b7eaebe2b6bcb8854f6127_S.jpg" alt="Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak" /></div><div class="K2FeedIntroText"><p> <em>El ministro de Justicia, Julio Alak, confirm&oacute; adem&aacute;s hoy que el Gobierno apelar&aacute; &quot;entre hoy y el viernes&quot; ante la Corte Suprema el fallo de la jueza Mar&iacute;a Servini de Cubr&iacute;a respecto de la elecci&oacute;n popular de los representantes del Consejo de la Magistratura.</em></p></div><div class="K2FeedFullText"><p> El ministro de Justicia y Derechos Humanos manifest&oacute;, en di&aacute;logo con radio Continental, que &quot;el Estado nacional va a apelar este fallo&quot; por el que &quot;se pretende dictar la inconstitucionalidad de una ley absolutamente constitucional&quot;.</p> <p> Tras refutar a quienes afirman que la Justicia es la que interpreta la Constituci&oacute;n, asever&oacute; que &quot;el primer int&eacute;rprete es el Congreso de la Naci&oacute;n y el &uacute;ltimo es el Poder Judicial&quot;.</p> <p> Ayer, a &uacute;ltima hora, Servini de Cubr&iacute;a declar&oacute; la inconstitucionalidad de los art&iacute;culos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855 del Consejo de la Magistratura y del decreto 577/13 que convoca a elecci&oacute;n por medio del voto popular de los consejeros que representan a abogados, jueces y acad&eacute;micos.</p> <p> En ese marco, el ministro se&ntilde;al&oacute; que la decisi&oacute;n de la magistrada es de &quot;gravedad institucional&quot; porque &quot;se le est&aacute; impidiendo al pueblo el ejercicio de su derecho soberano&quot;, y aunque admiti&oacute; que a&uacute;n &quot;lo estamos analizando&quot;, consider&oacute; que la apelaci&oacute;n del Poder Ejecutivo contra el fallo &quot;debe ir por el lado del per saltum&quot;, que llevar&iacute;a el caso directamente a la Corte Suprema de Justicia.</p> <p> El funcionario consider&oacute; que el pronunciamiento se corresponde con un &quot;esquema corporativo, aristocr&aacute;tico y pre democr&aacute;tico&quot; y advirti&oacute; que &quot;donde no hay democracia, hay aristocracia&quot;.</p> <p> En ese sentido, subray&oacute; que &quot;el Poder Judicial no es de los jueces ni de los abogados, es del pueblo y por tanto el pueblo tiene derecho a elegir a quienes lo representen en el Consejo de la Magistratura&quot;.</p> <p> Se&ntilde;al&oacute; luego que los poderes Ejecutivo y el Legislativo &quot;tienen legitimidad democr&aacute;tica de origen&quot; y, tras diferenciarlos del Judicial que &quot;arrastra desde su dise&ntilde;o constitucional un d&eacute;ficit democr&aacute;tico&quot;, destac&oacute; que &quot;en ning&uacute;n lugar del art&iacute;culo 114 de la Constituci&oacute;n dice que el pueblo no puede elegir a sus representantes y a los abogados y a los jueces&quot;.</p> <p> El ministro estim&oacute; que la apelaci&oacute;n de Gobierno contra el fallo de Servini de Cubr&iacute;a &quot;tendr&iacute;a que ser entre hoy y el viernes, no m&aacute;s all&aacute;&quot; y se manifest&oacute; confiado en que la Corte Suprema se va a expedir &quot;favorablemente&quot; a la postura gubernamental porque &quot;la Constituci&oacute;n no es solamente la interpretaci&oacute;n restrictiva del art&iacute;culo 114 sino que &quot;implica tambi&eacute;n otros art&iacute;culos que hablan de que el acceso a los cargos p&uacute;blicos debe ser un derecho que los ciudadanos puedan votar&quot;.</p> <p> Alak se&ntilde;al&oacute; que tras la apelaci&oacute;n del Poder Ejecutivo, la norma rechazada por Servini de Cubria &quot;quedar&aacute; absolutamente vigente&quot;, a pesar de las medidas cautelares dictadas por jueces &quot;sin competencia para ello&quot;, y consider&oacute; que en caso de un pronunciamiento negativo de la Corte a la presentaci&oacute;n del Gobierno &quot;lamentablemente el pueblo no va a poder elegir a sus representantes&quot;.</p> <p> &nbsp;</p> <p> <strong>RELEVAMIENTO Y EDICION:</strong> Pedro Arrospidegaray</p> <p> <strong>FUENTE:</strong> <a href="http://www.telam.com.ar/notas/201306/20935-no-queremos-que-cercen-al-ciudadano-un-derecho-que-le-da-la-constitucion.html" target="_blank">T&eacute;lam</a></p></div> Los Ciudadanos Podrán Elegir a los Miembros de la Magistratura 2013-05-27T21:04:02-03:00 2013-05-27T21:04:02-03:00 https://fundamentar.com/nacional/item/2128-los-ciudadanos-podran-elegir-a-los-miembros-de-la-magistratura Pedro Arrospidegaray hola@fundamentar.com <div class="K2FeedImage"><img src="https://fundamentar.com/media/k2/items/cache/7ff382f87b5e51e6ee9f2b191bddcbcd_S.jpg" alt=" El ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Julio Alak" /></div><div class="K2FeedIntroText"><p> <em>La elecci&oacute;n por voto popular de los integrantes del Consejo de la Magistratura ya tiene luz verde para su debut en las legislativas del 27 de octubre luego de la promulgaci&oacute;n de la ley que reforma ese cuerpo colegiado del Poder Judicial encargado de elegir, controlar y sancionar jueces.</em></p></div><div class="K2FeedFullText"><p> La ley, que reforma la composici&oacute;n y forma de elecci&oacute;n de los integrantes del Consejo de la Magistratura, entr&oacute; en vigencia a trav&eacute;s de los decretos 576 y 577/2013 que publica hoy el Bolet&iacute;n Oficial con las firmas de la presidenta Cristina Fern&aacute;ndez de Kirchner; del jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina; y del ministro de Justicia, Julio Alak.</p> <p> Pero, tal como hab&iacute;an adelantado representantes de abogados, jueces y partidos pol&iacute;ticos de oposici&oacute;n, apenas sancionada la ley por el Congreso de la Naci&oacute;n, el 8 de mayo &uacute;ltimo, la Justicia recibi&oacute; presentaciones de amparo pidiendo una medida cautelar que suspenda la elecci&oacute;n de consejeros de jueces, acad&eacute;micos y abogados por voto popular.</p> <p> Las primeras presentaciones fueron realizadas por los presidentes del Colegio P&uacute;blico de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo, y de la Uni&oacute;n C&iacute;vica Radical, Mario Barletta, mientras que el titular de la Asociaci&oacute;n de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, Luis Mar&iacute;a Cabral, adelant&oacute; hoy en declaraciones radiales que har&aacute; lo mismo.</p> <p> No obstante estas presentaciones ante la Justicia, el titular del bloque oficialista en la C&aacute;mara baja, el diputado Agust&iacute;n Rossi, se mostr&oacute; optimista respecto a que se cumplan los pasos necesarios para que el 27 de octubre los ciudadanos puedan ir a las urnas no s&oacute;lo para elegir diputados y senadores, sino tambi&eacute;n consejeros abogados, jueces y acad&eacute;micos para integrar ese organismo.</p> <p> &quot;Confiamos en que el 27 de octubre puedan elegirse los integrantes del Consejo de la Magistratura. Estamos dentro de los tiempos administrativos contemplados para que la elecci&oacute;n por voto popular del Consejo pueda concretarse&quot;, dijo Rossi.</p> <p> Con la formalizaci&oacute;n de la convocatoria para la elecci&oacute;n por el voto popular de los consejeros abogados, jueces y acad&eacute;micos realizada hoy por el Poder Ejecutivo, y mientras la Justicia decide si da lugar o no a los amparos, los partidos pol&iacute;ticos comenzaron a trabajar en el armado de listas, ya que el plazo concluye el 22 de junio.</p> <p> En este marco, el jefe del bloque radical, Ricardo Gil Lavedra, reconoci&oacute; hoy que exist&iacute;a &quot;acuerdo entre casi todos los partidos pol&iacute;ticos de oposici&oacute;n&quot;, incluyendo al PRO y al Peronismo Federal, para ir &quot;en una sola lista&quot; a la votaci&oacute;n de miembros del Consejo de la Magistratura, aunque &quot;con una boleta suelta&quot; y no adherida a la de diputados y senadores.</p> <p> El jueves &uacute;ltimo, el senador puntano Adolfo Rodr&iacute;guez Sa&aacute;, del Peronismo disidente, adelant&oacute; su intenci&oacute;n de ser candidato a consejero para este cuerpo del Poder Judicial en el marco de un acto en el que particip&oacute; para homenajear al boxeador Jos&eacute; Mar&iacute;a &quot;El Mono&quot; Gatica, junto con el Hugo Moyano y Ger&oacute;nimo &quot;El Momo&quot; Venegas.</p> <p> El calendario electoral pone como fecha l&iacute;mite para la presentaci&oacute;n de pre-candidaturas el 22 de junio, fecha que vale para diputados, senadores y los 12 integrantes del Consejo de la Magistratura (3 abogados, 3 jueces y 6 acad&eacute;micos) que ser&aacute;n elegidos directamente por los ciudadanos.</p> <p> El calendario contin&uacute;a el 11 de agosto con las Primarias Abiertas, Simult&aacute;neas y Obligatorias (PASO), de la que resultar&aacute;n los candidatos que cada partido pol&iacute;tico o alianza presente con vistas a los comicios parlamentarios del 27 de octubre, para las tres categor&iacute;as.</p> <p> La ley promulgada hoy en el Bolet&iacute;n Oficial establece, adem&aacute;s, el cupo femenino en la integraci&oacute;n de las listas de consejeros y la inclusi&oacute;n de un suplente por cada uno de los consejeros abogados (3), jueces (3) y acad&eacute;micos (6).</p> <p> Pero la norma tambi&eacute;n consigna que para llevar candidatos a consejeros, un partido o frente electoral debe tener representaci&oacute;n, con el mismo nombre, en 18 de los 24 distritos del pa&iacute;s, un punto que tambi&eacute;n fue cuestionado por partidos de la oposici&oacute;n.</p> <p> El senador del Frente para la Victoria, Marcelo Fuentes, aclar&oacute; que &quot;esta proporci&oacute;n&quot; es para los partidos pol&iacute;ticos que quieran adherir la lista de candidatos a consejeros en la misma boleta de postulantes a legisladores nacionales, porque para presentar una lista de consejeros por separado (no adherida a la lista de candidatos a legisladores) s&oacute;lo hace falta la presencia del partido pol&iacute;tico o alianza en al menos cinco distritos&quot;.</p> <p> La norma promulgada hoy forma parte del paquete de medidas que integran la Reforma Judicial impulsada por la presidenta Cristina Kirchner para &quot;democratizar la Justicia&quot;.</p> <p> El Consejo de la Magistratura fue creado en 1994 como parte del acuerdo que dio lugar a la reforma de la Constituci&oacute;n Nacional, aunque reci&eacute;n entr&oacute; en vigencia en 1998.</p> <p> En el 2006, mediante una ley aprobada por el Congreso de la Naci&oacute;n, se modific&oacute; la composici&oacute;n del Consejo de la Magistratura, que pas&oacute; de 20 a 13 miembros.</p> <p> Con la &uacute;ltima reforma, aprobada por el Congreso Nacional el 8 de mayo, el cuerpo encargado de controlar, sancionar y elegir a jueces, no s&oacute;lo cambi&oacute; su composici&oacute;n, al pasar de 13 a 19 (mediante la ampliaci&oacute;n de la cantidad de acad&eacute;micos), sino tambi&eacute;n la forma de elecci&oacute;n de 12 de sus integrantes, que ser&aacute;n elegidos por voto popular.</p> <p> El resto de los integrantes ya son elegidos por voto popular indirecto, porque son diputados (3) y senadores (3) y un representante del Poder Ejecutivo.</p> <p> &nbsp;</p> <p> <strong>RELEVAMIENTO Y EDICI&Oacute;N:</strong> Pedro Arrospidegaray</p> <p> <strong>FUENTE:</strong> <a href="http://www.telam.com.ar/notas/201305/19070-el-gobierno-convoco-a-la-eleccion-de-los-nuevos-miembros-del-consejo-de-la-magistratura.html" target="_blank">T&eacute;lam</a></p></div> <div class="K2FeedImage"><img src="https://fundamentar.com/media/k2/items/cache/7ff382f87b5e51e6ee9f2b191bddcbcd_S.jpg" alt=" El ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Julio Alak" /></div><div class="K2FeedIntroText"><p> <em>La elecci&oacute;n por voto popular de los integrantes del Consejo de la Magistratura ya tiene luz verde para su debut en las legislativas del 27 de octubre luego de la promulgaci&oacute;n de la ley que reforma ese cuerpo colegiado del Poder Judicial encargado de elegir, controlar y sancionar jueces.</em></p></div><div class="K2FeedFullText"><p> La ley, que reforma la composici&oacute;n y forma de elecci&oacute;n de los integrantes del Consejo de la Magistratura, entr&oacute; en vigencia a trav&eacute;s de los decretos 576 y 577/2013 que publica hoy el Bolet&iacute;n Oficial con las firmas de la presidenta Cristina Fern&aacute;ndez de Kirchner; del jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina; y del ministro de Justicia, Julio Alak.</p> <p> Pero, tal como hab&iacute;an adelantado representantes de abogados, jueces y partidos pol&iacute;ticos de oposici&oacute;n, apenas sancionada la ley por el Congreso de la Naci&oacute;n, el 8 de mayo &uacute;ltimo, la Justicia recibi&oacute; presentaciones de amparo pidiendo una medida cautelar que suspenda la elecci&oacute;n de consejeros de jueces, acad&eacute;micos y abogados por voto popular.</p> <p> Las primeras presentaciones fueron realizadas por los presidentes del Colegio P&uacute;blico de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo, y de la Uni&oacute;n C&iacute;vica Radical, Mario Barletta, mientras que el titular de la Asociaci&oacute;n de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, Luis Mar&iacute;a Cabral, adelant&oacute; hoy en declaraciones radiales que har&aacute; lo mismo.</p> <p> No obstante estas presentaciones ante la Justicia, el titular del bloque oficialista en la C&aacute;mara baja, el diputado Agust&iacute;n Rossi, se mostr&oacute; optimista respecto a que se cumplan los pasos necesarios para que el 27 de octubre los ciudadanos puedan ir a las urnas no s&oacute;lo para elegir diputados y senadores, sino tambi&eacute;n consejeros abogados, jueces y acad&eacute;micos para integrar ese organismo.</p> <p> &quot;Confiamos en que el 27 de octubre puedan elegirse los integrantes del Consejo de la Magistratura. Estamos dentro de los tiempos administrativos contemplados para que la elecci&oacute;n por voto popular del Consejo pueda concretarse&quot;, dijo Rossi.</p> <p> Con la formalizaci&oacute;n de la convocatoria para la elecci&oacute;n por el voto popular de los consejeros abogados, jueces y acad&eacute;micos realizada hoy por el Poder Ejecutivo, y mientras la Justicia decide si da lugar o no a los amparos, los partidos pol&iacute;ticos comenzaron a trabajar en el armado de listas, ya que el plazo concluye el 22 de junio.</p> <p> En este marco, el jefe del bloque radical, Ricardo Gil Lavedra, reconoci&oacute; hoy que exist&iacute;a &quot;acuerdo entre casi todos los partidos pol&iacute;ticos de oposici&oacute;n&quot;, incluyendo al PRO y al Peronismo Federal, para ir &quot;en una sola lista&quot; a la votaci&oacute;n de miembros del Consejo de la Magistratura, aunque &quot;con una boleta suelta&quot; y no adherida a la de diputados y senadores.</p> <p> El jueves &uacute;ltimo, el senador puntano Adolfo Rodr&iacute;guez Sa&aacute;, del Peronismo disidente, adelant&oacute; su intenci&oacute;n de ser candidato a consejero para este cuerpo del Poder Judicial en el marco de un acto en el que particip&oacute; para homenajear al boxeador Jos&eacute; Mar&iacute;a &quot;El Mono&quot; Gatica, junto con el Hugo Moyano y Ger&oacute;nimo &quot;El Momo&quot; Venegas.</p> <p> El calendario electoral pone como fecha l&iacute;mite para la presentaci&oacute;n de pre-candidaturas el 22 de junio, fecha que vale para diputados, senadores y los 12 integrantes del Consejo de la Magistratura (3 abogados, 3 jueces y 6 acad&eacute;micos) que ser&aacute;n elegidos directamente por los ciudadanos.</p> <p> El calendario contin&uacute;a el 11 de agosto con las Primarias Abiertas, Simult&aacute;neas y Obligatorias (PASO), de la que resultar&aacute;n los candidatos que cada partido pol&iacute;tico o alianza presente con vistas a los comicios parlamentarios del 27 de octubre, para las tres categor&iacute;as.</p> <p> La ley promulgada hoy en el Bolet&iacute;n Oficial establece, adem&aacute;s, el cupo femenino en la integraci&oacute;n de las listas de consejeros y la inclusi&oacute;n de un suplente por cada uno de los consejeros abogados (3), jueces (3) y acad&eacute;micos (6).</p> <p> Pero la norma tambi&eacute;n consigna que para llevar candidatos a consejeros, un partido o frente electoral debe tener representaci&oacute;n, con el mismo nombre, en 18 de los 24 distritos del pa&iacute;s, un punto que tambi&eacute;n fue cuestionado por partidos de la oposici&oacute;n.</p> <p> El senador del Frente para la Victoria, Marcelo Fuentes, aclar&oacute; que &quot;esta proporci&oacute;n&quot; es para los partidos pol&iacute;ticos que quieran adherir la lista de candidatos a consejeros en la misma boleta de postulantes a legisladores nacionales, porque para presentar una lista de consejeros por separado (no adherida a la lista de candidatos a legisladores) s&oacute;lo hace falta la presencia del partido pol&iacute;tico o alianza en al menos cinco distritos&quot;.</p> <p> La norma promulgada hoy forma parte del paquete de medidas que integran la Reforma Judicial impulsada por la presidenta Cristina Kirchner para &quot;democratizar la Justicia&quot;.</p> <p> El Consejo de la Magistratura fue creado en 1994 como parte del acuerdo que dio lugar a la reforma de la Constituci&oacute;n Nacional, aunque reci&eacute;n entr&oacute; en vigencia en 1998.</p> <p> En el 2006, mediante una ley aprobada por el Congreso de la Naci&oacute;n, se modific&oacute; la composici&oacute;n del Consejo de la Magistratura, que pas&oacute; de 20 a 13 miembros.</p> <p> Con la &uacute;ltima reforma, aprobada por el Congreso Nacional el 8 de mayo, el cuerpo encargado de controlar, sancionar y elegir a jueces, no s&oacute;lo cambi&oacute; su composici&oacute;n, al pasar de 13 a 19 (mediante la ampliaci&oacute;n de la cantidad de acad&eacute;micos), sino tambi&eacute;n la forma de elecci&oacute;n de 12 de sus integrantes, que ser&aacute;n elegidos por voto popular.</p> <p> El resto de los integrantes ya son elegidos por voto popular indirecto, porque son diputados (3) y senadores (3) y un representante del Poder Ejecutivo.</p> <p> &nbsp;</p> <p> <strong>RELEVAMIENTO Y EDICI&Oacute;N:</strong> Pedro Arrospidegaray</p> <p> <strong>FUENTE:</strong> <a href="http://www.telam.com.ar/notas/201305/19070-el-gobierno-convoco-a-la-eleccion-de-los-nuevos-miembros-del-consejo-de-la-magistratura.html" target="_blank">T&eacute;lam</a></p></div>