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Fundamentar - Nacional https://fundamentar.com Thu, 28 Mar 2024 20:51:23 -0300 Joomla! - Open Source Content Management es-es Cierran la causa Santiago Maldonado y determinan que no fue desaparición forzada https://fundamentar.com/nacional/item/6105-cierran-la-causa-santiago-maldonado-y-determinan-que-no-fue-desaparicion-forzada https://fundamentar.com/nacional/item/6105-cierran-la-causa-santiago-maldonado-y-determinan-que-no-fue-desaparicion-forzada Cierran la causa Santiago Maldonado y determinan que no fue desaparición forzada
El juez federal de Rawson Gustavo Lleral cerró definitivamente la causa por "desaparición forzada" de Santiago Maldonado así como el hábeas corpus presentado en favor del joven, desaparecido el 1 de agosto de 2017 y cuyos restos fueron hallados el 17 de octubre de ese año en el río Chubut.

El magistrado descartó la hipótesis de que se trataba de una desaparición forzada seguida de muerte y sobreseyó al único imputado que había hasta el momento, el gendarme Emmanuel Echazú.

Para esta decisión habría sido determinante la pericia realizada por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) sobre un conjunto de documentos nacionales de identidad (DNI) similares al encontrado en el cuerpo de Maldonado. Este último estaba en perfecto estado y eso puso en discusión la versión de que el joven había estado casi tres meses bajo el agua. No obstante, el trabajo del INTI señaló que el nivel de deterioro del DNI era compatible con esa situación.

Sin embargo, la familia Maldonado informó a través de un comunicado que no fueron notificados de la mencionada pericia que se difundió a través de diversos medios. "Estas circunstancias solo confirman que un sector del periodismo forma parte de las decisiones judiciales, conformando un ataque judicial y mediático que tiene como único fin intimidar a la familia, desinformar y dejar en evidencia la necesidad del Estado de cerrar el caso y garantizar la impunidad a los responsables de la desaparición forzada y muerte de Santiago", sostuvieron.

FUENTE: Los Andes

RELEVAMIENTO Y EDICIÓN: Mariana Vera 

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hola@fundamentar.com (Pedro Arrospidegaray) Argentina Thu, 29 Nov 2018 14:32:42 -0300
Presentan Recurso ante la Corte Suprema para Suspender la Aplicación del 2x1 a los Represores https://fundamentar.com/nacional/item/5769-presentan-recurso-ante-la-corte-suprema-para-suspender-la-aplicacion-del-2x1-a-los-represores https://fundamentar.com/nacional/item/5769-presentan-recurso-ante-la-corte-suprema-para-suspender-la-aplicacion-del-2x1-a-los-represores La decisión de aceptar el 2x1 para los casos de lesa humanida fue aprobada Elena Highton, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.

El abogado Daniel Igolnicov presentó un recurso revocatorio "in extremis" ante la Corte Suprema de Justicia para que se suspenda la aplicación del polémico fallo que habilita la reducción de las penas conocida como 2x1 a los condenados por delitos de lesa humanidad.

Según supo ámbito.com, Igolnicov presentó un escrito este lunes a primera hora en la mesa de entrada del máximo tribunal, a la espera que sea "revocada" la decisión adoptada el miércoles pasado.

La resolución de la Corte benefició con el cómputo de 2x1 al genocida Luis Muiña, de 61 años, quien había sido condenado en 2013 a 13 años de prisión por ser "coautor del delito de privación ilegal de la libertad" e "imposición de tormentos" en cinco casos. La decisión de la mayoría constituida por los ministros Elena Highton, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz sostuvo que el beneficio de la ley penal más benigna resulta extensivo al caso de Muiña y se aplica "siempre" a todos los delitos, sin distinción alguna. Esa interpretación fue rechazada por Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, los otros dos miembros de la Corte. Así, se declaró aplicable la ley 24.390 (el 2x1), que estuvo vigente desde 1994 hasta 2001, cuando fue derogada, y que computa dos años por cada uno efectivamente preso a partir de los dos años de prisión preventiva.

• Extremo

Según la definición judicial, el recurso revocatorio "in extremis" busca "suplir ciertos yerros judiciales materiales groseros y evidentes" que ya no pueden remediarse en instancias judiciales y que generan "agravios trascendentes" para alguna de las partes involucradas en un juicio. En este caso, los damnificados serían los familiares de las víctimas de Muiña.

Asimismo, este recurso permitiría que el mismo Tribunal que se pronunció a favor, ahora "revise su contenido, pudiendo sustituirlo mediante el dictado de una resolución total o parcialmente reformadora". En la jerga tribunalicia se lo conoce como "remedio heroico".

En su escrito "Avatares de la reposición in extremis", el experto en Derecho Procesal Jorge Peyrano define al recurso como un antídoto. "El sistema jurídico nacional desde siempre ha engendrado antídotos contra las injusticias flagrantes, los que sólo deben suministrarse in extremis, vale decir cuando ninguna otra cosa puede hacerse por los carriles corrientes", señaló el académico, y agregó que la "equivocación grosera material o esencial debe haber derivado en la producción de una grave injusticia" para que esta herramienta sea admitida por los jueces.

Los recursos in extremis suelen tener cobijo en algunos Tribunales Superiores provinciales, como los de Santa Fe (Mavacino S.A. c/Prov.) y Mendoza (Cantu c/Silver S.A. y Rafael Bulos p/Des s/Inc cas). En otro caso laboral, el máximo Tribunal santiagueño remarcó que el caso que la revocatoria "in extremis" se encuentra reservada como "último remedio para casos excepcionales en que se advierte un error judicial grosero y evidente" y no existan, o resulten inoperantes, "otras vías procesales para corregirlo".

En Santiago del Estero, los jueces superiores Raúl Alberto Juárez Carol, Agustín Pedro Rímini Olmedo y Sebastián Diego Argibay sostuvieron en 2011 que esta figura tendrá aceptación cuando "no existan otros caminos" para remediar el agravio provocado por la sentencia, o cuando ya no haya posibilidades de "proponer planteos de índole jurídico o probatorio" complementarios.

En la provincia de Buenos Aires se recuerda por el caso "Orellano", una demanda del abogado Ricardo Orellano contra la Cooperativa Marplatense de Pesca donde se reclamó el pago de una indemnización por los daños y perjuicios derivados del incumplimiento del convenio de honorarios. En marzo de 2010, la Corte bonaerense se rechazó por mayoría simple el recurso en este expediente por "no estar contemplado" legalmente por el ordenamiento jurídico bonaerense. Sin embargo, el actual presidente del Consejo de la Magistratura provincial, Eduardo de Lázzari, fue el único de los tres que se pronunció a favor, al considerar que una "patología excepcional" también merece una solución que realmente "contribuya a la prestación de una tutela judicial efectiva".

El abogado Peyrano aseguró que el primer precedente de un tribunal nacional que trató una reposición "in extremis" ocurrió en una causa penal de 1922, en un fallo identificado con la referencia "136, 244".

En los años sucesorios, esta situación excepcional en la Justicia llevó a las Legislaturas de Corrientes y Santiago a votar leyes que corrigieron sus códigos de procedimientos para incluirla.

Peyrano también aclaró en su texto que este recurso posee "límites infranqueables", como la falta de pruebas contundentes para hallar nuevos "elementos de convicción" o la intención de "subsanar" una equivocada interpretación de la ley. Cualquiera de estas dos alternativas son argumentos válidos para desecharlo.

La reposición "in extremis" solo fue aceptada jurisprudencialmente para casos en los que se advierte un evidente error y, a su vez, la inexistencia o inoperancia de otras vías procesales para corregirlo, repiten los expertos. Para conocer una opinión de la Corte en estos temas hay que remitirse al 12 de abril de 2005, en una causa que involucra a Carrefour Argentina S.A. "Si bien, en principio, las decisiones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, no son susceptibles del recurso de reposición, cabe admitir dicho remedio cuando concurren circunstancias que permiten exceptuar dicho principio", sostuvieron los supremos al suspender la ejecución de una sentencia errónea.

FUENTE: Ámbito

RELEVAMIENTO Y EDICIÓN: Camila Abbondanzieri

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hola@fundamentar.com (Camila Abbondanzieri) Argentina Mon, 08 May 2017 11:10:46 -0300
Peñafort: "El Fallo de la Corte Suprema Es Exorbitante" https://fundamentar.com/nacional/item/5766-penafort-el-fallo-de-la-corte-suprema-es-exorbitante https://fundamentar.com/nacional/item/5766-penafort-el-fallo-de-la-corte-suprema-es-exorbitante Peñafort: "El Fallo de la Corte Suprema Es Exorbitante"

En diálogo con “Todas las Voces” de Am 1330, la abogada especialista en Derechos Humanos, Graciana Peñafort, dio su opinión sobre el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que declaró aplicable la ley 24.390 (conocida como 2x1), que estuvo vigente entre los años 1994 y 2001, hoy derogada, que reduce el cómputo de la prisión, porque se trata de la ley más benigna.

En primer lugar, la especialista declaró que tal fallo es “exorbitante” al estar alejado de la línea jurisprudencial que se venía dando hasta el momento, la cual era pacífica, por lo menos en los últimos veinte años y, especialmente, desde la anulación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. A su vez, esta jurisprudencia se caracterizaba por tener en cuenta la protección de los Derechos Humanos, y la necesidad histórica y democrática de defender la Memoria, la Verdad y la Justicia. Por lo tanto, “este fallo se aleja de una manera grosera”.

Luego, Peñafort se refirió a que los delitos de lesa humanidad y la desaparición forzosa de personas son los que se denominan, en materia jurídica, “delitos permanentes”. Éstos son aquellos que, hasta que no aparezcan las personas, se siguen cometiendo. Es por ello que no prescriben, no está permitido la amnistía, como tampoco el indulto a aquellas personas que los cometieron. Por lo tanto, la aplicabilidad de la ley 24.390, “pensada en un contexto de los ’90, período en el cual se buscaba disminuir la cantidad de personas encarceladas, no tiene ningún sentido”.

Por último, analizó sobre la posibilidad de apelación al fallo de la Corte. “Es posible que la fiscalía pueda llegar a intentar realizar cierta maniobra, sin embargo, lo llevado a cabo se realizó como última instancia de una queja. Por lo tanto, mi recomendación es que los familiares vayan directamente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al estar agotados los recursos a nivel interno”.

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hola@fundamentar.com (Martina Mantaras) Argentina Fri, 05 May 2017 17:17:08 -0300
Avruj: "Estoy de Acuerdo con el 2x1" https://fundamentar.com/nacional/item/5762-avruj-estoy-de-acuerdo-con-el-2x1 https://fundamentar.com/nacional/item/5762-avruj-estoy-de-acuerdo-con-el-2x1 Avruj: "Estoy de Acuerdo con el 2x1"

El secretario de Derechos Humanos de la Nación sostuvo que "si el fallo está ajustado a la ley, está de acuerdo". "Yo acato lo que dijo la Corte Suprema", agregó.

El secretario de Derechos Humanos de la Nación, Claudio Avruj, aseguró hoy que está "de acuerdo" con el fallo de la Corte Suprema de Justicia que benefició con el 2x1 a un condenado por delitos de lesa humanidad si el mismo "está ajustado a la ley".

"Estoy de acuerdo con el 2x1 de la Corte si el fallo está ajustado a la ley", subrayó el funcionario nacional.

Al ser consultado sobre la decisión judicial del máximo tribunal que avaló la aplicación de esa ley en casos de delitos de lesa humanidad, Avruj señaló: "Yo acato lo que dijo la Corte Suprema sobre el 2x1".

El secretario de Derechos Humanos pidió "más tiempo" para analizar los alcances del caso, aunque resaltó que "por sobre todos está el marco regulatorio de la ley".

"Hay que ser respetuosos del fallo de la Corte sobre el 2x1", subrayó Avruj, tras conocer la decisión del alto tribunal, que rápidamente fue cuestionado por organismos de derechos humanos.

La sentencia de la Corte Suprema fue dictada en el caso de Luis Muiña, quien en 2011 fue condenado a 13 años de prisión por ser "coautor del delito de privación ilegal de la libertad" e "imposición de tormentos" en cinco casos durante la última dictadura.

 

FUENTE: Cadena 3

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hola@fundamentar.com (Luciano Herrero) Argentina Wed, 03 May 2017 17:52:57 -0300
La Corte Declaró Aplicable el 2x1 Para el Caso de Un Condenado por Delitos de Lesa Humanidad https://fundamentar.com/nacional/item/5761-la-corte-declaro-aplicable-el-2x1-para-el-caso-de-un-condenado-por-delitos-de-lesa-humanidad https://fundamentar.com/nacional/item/5761-la-corte-declaro-aplicable-el-2x1-para-el-caso-de-un-condenado-por-delitos-de-lesa-humanidad La Corte Declaró Aplicable el 2x1 Para el Caso de Un Condenado por Delitos de Lesa Humanidad

La decisión de la mayoría constituida por los ministros Elena Highton, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz sostuvo que el beneficio de la ley penal más benigna resulta extensivo y se aplica "siempre" a todos los delitos, sin distinción alguna.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, declaró aplicable el cómputo del 2x1 para el caso de un condenado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en el Hospital Posadas, en el oeste del Gran Buenos Aires.

La decisión de la mayoría constituida por los ministros Elena Highton, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz sostuvo que el beneficio de la ley penal más benigna resulta extensivo y se aplica "siempre" a todos los delitos, sin distinción alguna.

Con este argumento, declaró aplicable en el caso del represor condenado Luis Muiña la Ley 24.390 (conocida como 2x1), que estuvo vigente entre 1994 y 2001, cuando fue derogada, y que computa dos años por cada uno efectivamente preso a partir de los dos años de prisión preventiva.

En disidencia, votaron en minoría los jueces Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte, y Juan Carlos Maqueda, quienes argumentaron que ese beneficio no es aplicable a lo condenados por delitos de lesa humanidad.

El fallo de la Corte Suprema fue dictado en el caso del represor Muiña, en la causa "Bignone, Benito A. y otro s/recurso extraordinario", por crímenes de lesa humanidad cometidos en el Hospital Posadas, en el partido bonaerense de Morón.

Condenado a 13 años de prisión, Muiña integró durante la dictadura la patota parapolicial que se organizó bajo el nombre de "Swat", integrada por una decena de personas y que operó dentro del Posadas, donde creó el centro clandestino de detención conocido como "el chalet".

La sentencia condenatoria de 2011 quedó firme el 21 de agosto de 2013, cuando la Corte declaró inadmisible un recurso extraordinario de la defensa.

En setiembre de 2013, el Tribunal de primera instancia aplicó al caso el 2x1 y estableció por ese cómputo que la condena estaría cumplida el 11 de noviembre de 2016, pero esa resolución fue anulada por la Cámara Federal de Casación Penal, que consideró que el beneficio era “inaplicable” al caso, en fallo recurrido ante la Corte por la defensa de los sentenciados.

Muiña fue condenado como coautor de los delitos de privación ilegal agravada en concurso con imposición de tormentos en perjuicio de cinco víctimas: Gladys Evarista Cuervo, Jacobo Chester, Jorge Mario Roitman, Jacqueline Romano y Marta Elena Graiff.

El expediente señaló que estos delitos derivaron de una operación represiva del 28 de marzo de 1976, que empleó tanques, helicópteros y comandó en persona el genocida Reynaldo Bignone, que ocupó el Posadas y detuvo ilegalmente a cinco trabajadores del establecimiento asistencial.

Estos secuestrados fueron encerrados en el centro clandestino de detención conocido como “el chalet”, que funcionaba en el predio del hospital y donde los cautivos fueron torturados.

En el fallo divulgado por el Centro de Información Judicial (CIJ), la mayoría del Máximo Tribunal sostuvo que el Estatuto de Roma, instrumento jurídico internacional destinado a juzgar a acusados por delitos gravísimos tales como genocidio, crímenes de guerra y contra la humanidad, "incorpora el principio de la ley más benigna" y su carácter imperativo.

Para Lorenzetti y Maqueda, en cambio, sobre los delitos de lesa humanidad "no se ha dado ningún cambio en la valoración", son de "carácter permanente" y, "si durante su lapso de consumación rigieron dos leyes, no se trata de un caso de sucesión de leyes penales (hipótesis del artículo 2 del Código Penal, donde se debe aplicar siempre la más benigna), sino de coexistencia de leyes".

En sentido opuesto al fallo de la Corte, en marzo de 2014 la Sala IV de la Cámara Federal de Casación había hecho lugar al recurso del fiscal Martín Niklison contra el cómputo de la pena de los condenados Bignone y Muiña.

Según Niklison, era inaplicable el 2x1 al caso, entre otras razones, porque la ley que contempla ese cómputo "no se encontraba vigente ni al tiempo de cometerse los hechos objeto del proceso ni durante los períodos temporales dentro de los cuales los procesados cumplieron la detención preventiva". En la causa, Bignone y Muiña fueron detenidos el 30 de septiembre de 2007.

Además, recordó que durante los siete años de la vigencia de la ley del 2x1 Bignone y Muiña gozaban de la impunidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto y Final.

Ver el fallo completo acá

 

FUENTE: Télam

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hola@fundamentar.com (Luciano Herrero) Argentina Wed, 03 May 2017 17:37:30 -0300
Estela de Carlotto, Sobre Fallo del 2x1: "El Gobierno Quiere Borrarnos de la Historia" https://fundamentar.com/nacional/item/5760-estela-de-carlotto-sobre-fallo-del-2x1-el-gobierno-quiere-borrarnos-de-la-historia https://fundamentar.com/nacional/item/5760-estela-de-carlotto-sobre-fallo-del-2x1-el-gobierno-quiere-borrarnos-de-la-historia “Este Gobierno ha traído el olvido y el desprestigio, hasta han tratado de curro a los derechos humanos”, dijo la titular de Abuelas.

La titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, cuestionó el fallo de la Corte Suprema que permite aplicar el cómputo del 2x1 en delitos de lesa humanidad. "El Gobierno quiere borrarnos de la historia para construir la suya", señaló.

"Estoy muy mal con el 2x1 que acaba de autorizar la Corte", dijo en declaraciones a radio AM 750.

En este marco, de Carlotto apuntó contra la gestión del presidente, Mauricio Macri. "El Gobierno quiere borrarnos de la historia para construir la suya. Ahora quieren fusilarnos en una movida tan terrible", sostuvo.

"Este Gobierno ha traído el olvido y el desprestigio, hasta han tratado de curro a los derechos humanos", dijo la titular de Abuelas.

Respecto al fallo, consideró que "debe ser único en el mundo". "Habría que consultar dónde ha pasado una cosa semejante", añadió.

En declaraciones a C5N, el abogado especialista en Derechos Humanos, Marcelo Parrilli, sostuvo que el fallo de la Corte "busca suavizar las penas y abre la posibilidad de una amnistía", para quienes cometieron crímenes de lesa humanidad.

"Es un fallo inconstitucional que va en contra de todos los tratados internacionales", consideró Parrilli
. En ese sentido, dijo que "el dos por uno no se puede aplicar porque está derogado por la ley vigente" y porque no es válido "en delitos de lesa humanidad".

En tanto, consideró que los jueces de la Corte están en "sintonía con Cambiemos" y que de los tres poderes del Estado, "la Justicia es el menos democrático".

"El fundamento de la decisión hay que buscarlo en el seguimiento de la Corte a la política del Gobierno", insistió el especialista en Derechos Humanos. Y agregó que el máximo tribunal "está integrado por personas que hasta hace poco eran vitalicias" y que tiene "características medievales".

Valer recordar que, por mayoría, la Corte declaró aplicable el cómputo del 2x1 para delitos de lesa humanidad. La sentencia fue dictada en el caso de Luis Muiña, quien en 2013 fue condenado a 13 años de prisión por ser "coautor del delito de privación ilegal de la libertad" e "imposición de tormentos" en cinco casos.

 

FUENTE: Ámbito

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hola@fundamentar.com (Luciano Herrero) Argentina Wed, 03 May 2017 17:32:42 -0300
Economistas Apoyan la Apelación al Fallo de Griesa https://fundamentar.com/nacional/item/4839-economistas-apoyan-la-apelacion-al-fallo-de-griesa https://fundamentar.com/nacional/item/4839-economistas-apoyan-la-apelacion-al-fallo-de-griesa La posición argentina es apoyada por economistas reconocidos

El gobierno argentino recusará el fallo que dio cabida al reclamo por cerca de us$5.400 millones, o recurrirá a una instancia superior para pedir la nulidad de la medida, coincidieron economistas consultados por Télam.

“El ministro de Economía, Axel Kicillof, dio una muy contundente respuesta ante el avance de Griesa, que al equiparar los derechos de los 'me too' con los de los fondos buitre, presiona a la Argentina a negociar”, dijo el economista Arnaldo Bocco.

“Al darles beneficios a los reclamos adicionales de los bonistas -los me too-, hace extensivos los beneficios de los buitres a otros actores que negocian de manera diferente”, explicó.

Bocco considera que el juzgado de Griesa “presiona a favor de los fondos buitre”, y estimó que seguramente los abogados argentinos “van a recusar esto”, ya sea “presentándose a una instancia superior o pidiendo la nulidad de lo dispuesto”.

Consideró que en el conflicto con los fondos buitre, el juez Griesa “no está actuando en un plano de neutralidad” ni facilita el acuerdo.

Bocco considera que el juzgado de Griesa “presiona a favor de los fondos buitre”.

“La Argentina debe recurrir a una instancia superior que reconsidere el fallo del juez”, estimó Bocco, y aseguró que el Gobierno argentino “se manejó bien en el tema. No debe cambiar de caballo en medio del río y debe seguir su camino hasta las últimas consecuencias”.

En tanto, la economista Fernanda Vallejos sostuvo que el gobierno argentino ya había “alertado que esto iba a suceder” en relación con el fallo del viernes último del juez Thomas Griesa, que dio lugar al reclamo adicional de bonistas en default denominados 'me too' por cerca de 5.400 millones de dólares.

“Si la Argentina hubiera acordado con los tribunales de Nueva York, hoy estaría en problemas importantes”, consideró la economista.

Consideró que la Argentina “debe mantener con firmeza la posición de lo que viene sosteniendo”, ya que detrás del uno por ciento de la demanda de los buitre venía escondido el pedido adicional de los 'me too'.

Opinó que la posición argentina “puso en salvaguarda el interés nacional frente a estos actores depredadores de las finanzas internacionales”.

“Seguramente los abogados argentinos están trabajando en esto”, dijo en relación con el fallo del viernes último, y consideró que “los buitres han sostenido un hostigamiento permanente contra la Argentina y los abogados no tienen respiro” contra ese ataque.

Consideró que los argentinos “deben tener la tranquilidad de saber que se tomaron las decisiones correctas en pos del interés nacional”.

Respecto de la posibilidad de negociar con todos los acreedores juntos, Vallejos dijo que “esa fue la vocación argentina desde un principio. Negociar con el cien por ciento de los acreedores. Esa misma posición la viene sosteniendo en todos los foros internacionales. Es una solución factible, tal vez no inmediata, y hay que seguir trabajando en ese camino”, ya que “para los que quieren cobrar sus acreencias, la propuesta argentina es la mejor”, señaló.

A su turno, el economista Alejandro Robba, coincidió con sus colegas y opinó hoy que el fallo del juez Thomas Griesa que convalidó el reclamo de los 'me too' por 5.400 millones de dólares "se veía venir", y consideró que el magistrado de Nueva York "sigue en el mismo camino de ir resolviendo la deuda en default a favor de los fondos buitre".

"Eso se veía venir”, dijo el ex subsecretario de Coordinación Económica en diálogo con Télam, al referirse al fallo de Griesa en favor de los denominados “me too”, y recordó que el magistrado “había recibido a los bonistas”.

“Varios de esos tenedores (de bonos argentinos) pertenecen a los fondos buitre", recordó el director de la carrera de Economía de la Universidad Nacional de Moreno.

“La Argentina deberá apelar para ver si esa situación es compatible con el primer fallo”, expresó Robba, y afirmó que “el tema es que la Argentina debe saber cómo se llega a esa nueva suma. Esto lo deben analizar los abogados argentinos”, estimó.

Para Robba, el juez Griesa “sigue en el mismo camino de ir resolviendo la deuda en default a favor de los fondos buitre. No hay cambios”.

“Los Argentinos deberán quedarse tranquilos que el Gobierno no llegará a ningún acuerdo que esté en contra de los intereses nacionales”, aseguró el economista.

 

RELEVAMIENTO Y EDICION: Maria Belen Serra

FUENTE: Telam

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hola@fundamentar.com (Maria Belen Serra) Argentina Mon, 08 Jun 2015 14:10:57 -0300
El Oficialismo Reunió 134 Votos entre Diputados Propios, Aliados y Tres Opositores https://fundamentar.com/nacional/item/4089-el-oficialismo-reunio-134-votos-entre-diputados-propios-aliados-y-tres-opositores https://fundamentar.com/nacional/item/4089-el-oficialismo-reunio-134-votos-entre-diputados-propios-aliados-y-tres-opositores El Oficialismo Reunió 134 Votos entre Diputados Propios, Aliados y Tres Opositores

El kirchnerismo en la Cámara de Diputados consiguió 134 votos para aprobar el proyecto de ley de pago soberano de deuda al reunir 116 legisladores propios, 15 aliados habituales y tres opositores; en tanto que la mayoría del arco opositor se encolumnó en los 99 votos negativos.

El radical Eduardo Santín, el moyanista Omar Plaini y la ex piquetera del MIJD Ramona Puchetta representaron los votos de diputados opositores que ayudaron al oficialismo a imponerse por 134 a 99 en la votación que se concretó esta madrugada tras casi 16 horas de debate.

Al Frente para la Victoria sólo le faltó uno de sus 119 integrantes: la bonaerense Diana Conti. En tanto, Julián Domínguez no participó de la votación por estar presidiendo la sesión, mientras que el riojano Javier Tineo se encuentra hace algunos meses de licencia.

Entre los aliados habituales del oficialismo la presencia fue perfecta: siete del frente Cívico por Santiago del Estero, tres de Nuevo Encuentro, uno del PJ La Pampa y uno del Movimiento Solidario Popular de Tierra Del Fuego.

 

Los tres diputados del Movimiento Popular Neuquino volvieron a votar en sintonía con el Gobierno, aunque en sus declaraciones prefieren no definirse como aliados habituales.

Las abstenciones a la votación las pidieron los tres diputados de Unidad Popular (Claudio Lozano, Victor De Genaro y Antonio Riestra), la representante de Libres del Sur Victoria Donda y la de Proyecto Sur Alcira Argumedo.

Entre los 18 ausentes, además de Tineo y Conti, estuvieron los tres diputados de la Coalición Cívica, que durante el debate habían adelantado que se retirarían; cinco de la UCR; cuatro del massismo; dos del PRO; Margarita Stolbizer del GEN y la representante del Movimiento Popular Fueguino.

Un caso particular se dio en el bloque de los sindicalistas Facundo Moyano y Omar Plaini, ya que el primero dio quórum pero votó en contra y el segundo no ayudo al oficialismo para reunir quórum y en cambió sumó para aprobar la iniciativa.

 

FUENTE: Telam
 

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hola@fundamentar.com (Carolina Martínez) Argentina Thu, 11 Sep 2014 10:44:17 -0300
Perú y Chile Cumplen Fallo de La Haya Fijando Nuevos Límites Marítimos https://fundamentar.com/internacional/item/3553-peru-y-chile-cumplen-fallo-de-la-haya-fijando-nuevos-limites-maritimos https://fundamentar.com/internacional/item/3553-peru-y-chile-cumplen-fallo-de-la-haya-fijando-nuevos-limites-maritimos Presidentes Ollanta Humala y Michelle Bachelet

Los gobiernos de Lima y Santiago lograron delimitar nuevamente su frontera marítima, gracias al “trabajo coordinado y transparente de los especialistas de ambos países”, incorporando 50 mil 172 kilómetros cuadrados de mar a la jurisdicción peruana.

El presidente de Perú, Ollanta Humala, destacó este miércoles que su país y Chile “han dado un ejemplo a la comunidad internacional”, dando fiel cumplimiento y ejecución al fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya del pasado 27 de enero, que fijó la frontera marítima entre ambas Estados.

"Hay fallos de La Haya que han demorado más de 40 años en ejecutarse, los más cortos no han bajado de cuatro años. Hoy, tanto Perú como Chile, podemos dar un ejemplo a la comunidad internacional de cómo (un fallo) puede ser ejecutado en un plazo corto", resaltó Humala.

"Hay fallos de La Haya que han demorado más de 40 años en ejecutarse, los más cortos no han bajado de cuatro años. Hoy, tanto Perú como Chile, podemos dar un ejemplo a la comunidad internacional de cómo (un fallo) puede ser ejecutado en un plazo corto", resaltó Humala.

En un plazo menor a dos meses, los gobiernos de Lima y Santiago lograron delimitar nuevamente su frontera marítima, gracias al “trabajo coordinado y transparente de los especialistas de ambos países”, incorporando 50 mil 172 kilómetros cuadrados de mar a la jurisdicción peruana.

"Hemos cerrado la delimitación marítima con Chile y eso a todos nosotros nos debe llenar de tranquilidad y regocijo. ¡Que viva el Perú!", exclamó Humala, tras recibir las conclusiones del trabajo realizado por los dos equipos técnicos.

Asimismo, el Mandatario recordó que desde el mismo día de la emisión del citado fallo, Perú respetó, cumplió y ejecutó la sentencia, asumiéndola como una política de Estado.

"Ahora podemos avanzar más lejos y rápido en las relaciones que se han estado construyendo", acotó Humala durante una breve ceremonia en Palacio de Gobierno.

El acta con las coordenadas finales de las fronteras marítimas fue suscrito el martes en Lima, por representantes de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Perú, y de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado de Chile.

El dictamen de La Haya reconoció la existencia de una frontera marítima con Perú que sigue el paralelo -como lo planteaba Chile- pero fijó su extensión sólo hasta las 80 millas desde tierra.

Desde ese punto, trazó una línea equidistante hasta las 200 millas, incorporando así a la soberanía peruana 20 mil kilómetros cuadrados de área marítima que Chile tenía bajo su control y otros 30 mil que estaban en aguas internacionales y que Perú reclamaba como suyos.

 

FUENTE: Telesur
 

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hola@fundamentar.com (Carolina Martínez) Internacional Thu, 27 Mar 2014 10:41:59 -0300
La Haya: Lectura del Fallo de la Controversia Marítima será el Próximo 27 de Enero https://fundamentar.com/internacional/item/3182-la-haya-lectura-del-fallo-de-la-controversia-maritima-sera-el-proximo-27-de-enero https://fundamentar.com/internacional/item/3182-la-haya-lectura-del-fallo-de-la-controversia-maritima-sera-el-proximo-27-de-enero La Haya: Lectura del Fallo de la Controversia Marítima será el Próximo 27 de Enero

La audiencia, en la que estarán presentes todos los jueces del tribunal, será una audiencia solemne encabezada por el presidente de la Corte Internacional de Justicia, Peter Tomka. El veredicto, no es apelable y es resolutivo, por lo que ambos países deberán cumplir con lo que indique la corte.

Tras conocer que el lunes 27 de enero la Corte Internacional de Justicia de La Haya leerá el fallo de la controversia marítima entre Chile y Perú, ambos países se preparan para una audiencia pública, marcada por el protocolo, muy parecida a lo que fueron los alegatos orales que se realizaron en el mismo lugar hace un año.

Si bien cada país debe definir la delegación que enviará a Holanda a escuchar el veredicto, lo usual es que sea encabezada por los agentes, es decir, por Alberto van Klaveren en el caso de Chile, y Allan Wagner en el caso peruano.

Los gobiernos de ambos países han reiterado que el fallo se cumplirá sea cual sea la decisión de la corte, esto debido a que no es posible apelar al fallo

"El Estado elige la delegación, pero debe estar el agente y lo más probable es que estén los dos coagentes, y probablemente también van a estar los abogados extranjeros, pero es el Estado el que elige la delegación", señaló a La Tercera Ximena Fuentes, miembro del equipo asesor jurídico-técnico de Chile.

Definidos los asistentes, la audiencia comenzará a las 11.00 horas de Chile, y en ella además estarán presentes todos los jueces del tribunal más los dos jueces ad hoc, Francisco Orrego, designado por Chile, y Gilbert Guillaume, quien fue elegido por Perú. Las principales conclusiones del fallo serán leídas por el presidente de la corte, Peter Tomka.

"Todo es bien protocolar, hay una audiencia de la lectura, donde están los jueces, y es el presidente el que lee el fallo, lee la parte resolutiva, lo que se decidió, por lo tanto es una audiencia corta", indicó Ximena Fuentes, que además agregó que "no hay una lectura de los 200 párrafos que pueda tener el fallo".

FALLO ES RESOLUTIVO

Los gobiernos de ambos países han reiterado que el fallo se cumplirá sea cual sea la decisión de la corte, esto debido a que no es posible apelar al fallo, que dará fin a un proceso que comenzó formalmente en La Haya en 2008.

"El veredicto no es apelable, lo que dice el estatuto es que los fallos son resolutivos. Lo que se puede dar es que haya algún aspecto que no se entienda, y se puede pedir aclaración, y el recurso de revisión, que es menos probable que suceda, son aquellos donde aparece un nuevo hecho y que de haberlo conocido antes podría haber modificado la sanción de la corte", puntualizó Ximena Fuentes.

 

RELEVAMIENTO Y EDICIÓN: Carolina Martínez

FUENTE: La Tercera

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hola@fundamentar.com (Carolina Martínez) Internacional Sat, 14 Dec 2013 13:02:01 -0300