La flamante sanción de la ley que declara la necesidad de reforma constitucional en la provincia de Santa Fe, habilita múltiples ejercicios en materia de análisis político. Desde las naturales comparaciones con la carta magna vigente desde 1962, pasando por el proceso desarrollado en 1994 a nivel nacional, hasta llegar a estos días en un contexto en el que el espacio que conduce Maximiliano Pullaro, acaba de lograr un triunfo para sus intereses que resulta harto evidente. Recorrido caprichoso por datos del pasado y algunas líneas de la apurada coyuntura institucional que nos atraviesa. Pasen y vean. Quedan todos y todas reformadamente invitados.
Con la contundencia que le dan los números de la representación legislativa que supo alcanzar en las elecciones del año pasado (hecho que no había logrado ninguno de los gobernadores anteriores) y con la habilidad política de Maximiliano Pullaro, lo cual supone conducir un espacio lo suficientemente heterogéneo como para que, armónicamente, convivan los supuestos progresistas socialistas y liberales del PRO, la sanción de la ley que llama a la reforma salió, como diría mi abuela, más rápido que escupida de músico. Si la semana pasada comentábamos de la pequeña derrota anclada en el hecho de que la ley no fuera aprobada en sesiones ordinarias, también afirmábamos que su logro sólo era cuestión de días.
Pero esa idea de apuro, de no tener en cuenta, por ejemplo, al principal partido político de la oposición en la mesa de las negociaciones para lo que viene, se contrapone con los tiempos dispuestos para el desarrollo de la asamblea, ya que, si bien la elección de los constituyentes será en el mes de abril, coincidente con las elecciones PASO y con Boleta Única, el período de discusión de lo que se reforme operará entre los meses de noviembre de 2025 y febrero de 2026, tiempo algo extenso para un país que no hace del largo plazo su razón de ser.
En lo anterior aparece una diferencia, si se quiere menor, con lo sucedido a nivel nacional hace 30 años: el llamado a la reforma se produjo en la última sesión legislativa de diciembre de 1993, mientras que la convención funcionó entre el 25 de mayo y el 22 de agosto de 1994.
De cara a lo que fue el resultado de lo sancionado en 1962, la futura reforma, más allá de lo ya conocido por la ley sancionada debería proyectarse sobre la base conceptual de incluir a todos los que quieran participar del libre juego de la política, teniendo en el espejo retrovisor las limitaciones reales que se le imponían al peronismo de aquel entonces, evitando las representaciones ficticias o si se quiere sobrerepresentación (que ningún colega politólogo se enoje) con el ejemplo más palmario del reparto de escaños en la Cámara de Diputados.
Pero si ponemos el foco en la experiencia de tres décadas atrás a nivel nacional, veremos que surgen algunas diferencias y coincidencias de contexto. Teniendo en cuenta el deseo reeleccionista de Carlos Menem de aquel entonces y del actual gobernador santafesino para nuestros días, el límite para los intereses del riojano venía de la mano del ex presidente Raúl Alfonsín que, si bien tenía una muy escasa ponderación social (su gobierno había naufragado cuatro años antes), seguía resultando un líder con predicamento en la Unión Cívica Radical, a la sazón el principal partido de la oposición.
DE CARA AL FUTURO, SIEMPRE
— Gisela Scaglia (@GiScaglia) December 6, 2024
Animarse a cambiar y transformar requiere valentía, romper privilegios y pensar en el futuro.
Hemos dado sanción definitiva al proyecto que establece la reforma parcial de la Constitución de Santa Fe.
Después de 62 años, nuestra provincia abrirá el… pic.twitter.com/AdocOQVhuz
Sobre la base del Núcleo de Coincidencias Básicas, el cual venía en paquete cerrado sin posibilidad de renegociación alguna, cuando era criticado por haber legitimado la reelección del riojano, Alfonsín siempre explicaba que el radicalismo había actuado como dique de contención de las pretensiones hegemónicas del menemato. Más allá del debate, que se parece bastante a la pregunta de que nació primero, si el huevo o la gallina, la ya famosa foto de ambos ex presidentes caminando por las calles de la Residencia de Olivos, puede verse como un símbolo inequívoco de una democracia que se sostenía sobre pilares que en la Argentina en general y la Santa Fe en particular, hoy adolecen.
El país de hace 30 años se sustanciaba en la impronta y en la lógica de poder de un sistema bipartidario (nos referimos a las formas de cierto relacionamiento, no a la negación de la existencia de otros partidos), donde dos líderes acordaban, guste o no, una transformación que se daba por hecho que alcanzaría a las próximas décadas.
La creación de la figura del Jefe de Gabinete, que debía operar como una especie de morigeración al genético híper presidencialismo que portamos los argentinos; la creación de ese mamotreto llamado Consejo de la Magistratura, el cual debía servir para revisar todo el accionar del mundillo judicial; la aparición en escena de la figura de senadores electos por los pueblos de la provincia en un esquema de mayoría (2) y minoría (1) y la posibilidad de imponer plebiscitos con y sin vinculación, operaban como novedades antes un poder que podía parecer excesivo.
Reforma Constitucional. pic.twitter.com/xkxl6Z5hRJ
— PJ Santa Fe (@PJ_SantaFe) December 2, 2024
Más allá del éxito o del fracaso de esas nuevas instituciones constitucionales, las mismas surgieron del acuerdo antes comentado y que, por lo menos en las formas, en la Santa Fe de estos días parece brillar por su ausencia.
Comparativamente, los contextos resultan definitivamente disímiles: en la bota santafesina el principal partido de la oposición no se sentó en la mesa del gran acuerdo. Bastó la negociación con un puñado de diputados de forma poco más que individual, para que el número mágico de 36 representantes de la Cámara Baja consagrara la ley que impone la necesidad de la reforma.
De una manera determinante esa sobrerepresentación ficticia que surgió para darle legitimidad a ejecutivos que podían nacer débiles seis décadas atrás y que porta consigo el oficialismo como mayoría en diputados (recordemos que quien gane la elección aunque sea por un voto, se lleva la 28 diputados sobre 50, mientras que el resto de las fuerzas derrotadas reparten 22 escaños con sistema D’hont), actuó como garantía del éxito de Unidos. De acuerdo a los anuncios de la ley (resulta todo un detalle que la misma no esté publicada en la página oficial del Senado, cámara que le dio la sanción definitiva), esa herramienta “virtuosa” sería eliminada de la institucionalidad constitucional santafesina. Habrá que ver para creer.
Pero si hablamos de diferencias, también podríamos incluir algunas coincidencias. La primera y de cotillón es que las reformas de 1994 y 2025/26 tienen como base de desarrollo la ciudad de Santa Fe. Atención promotores del turismo cultural: allí hay un pequeño nicho para desarrollar.
La segunda y más importante refiere a los tiempos sociales en que ambas se imponen. En las dos, el rol del Estado aparece fuertemente deslegitimado. Si el peronismo de aquel entonces hablaba de un Estado más chico, el supuesto progresismo que encarnan radicales y socialistas de Unidos nos relatan sobre la necesidad de uno más eficiente, el cual se sustancia, de acuerdo a los de dichos del propio gobernador, en las leyes de emergencia en seguridad y de movilidad previsional. Que en el camino se cercenen derechos de ciudadanos y ciudadanas, trabajadores y trabajadoras sería un detalle que no tendría demasiada relevancia.
A partir de esto último podemos sacar un par de conclusiones ulteriores. La primera refiere a los límites del movimiento nacional y popular para imponer reformas en la Argentina en general y en Santa Fe en particular. Desde 1949 para acá, con la consiguiente supresión de la misma (salvo el famoso artículo 14), el constitucionalismo local no puede superar los lineamientos que ciertos liberalismos o conservadurismos imponen en las agendas reformistas.
La segunda conclusión, a partir del tratamiento express de la ley, refiere a la relativización de ciertas convicciones. No deja de resultar llamativo como los medidores seriales de institucionalismo en sangre, proponen una ley de llamado a reforma que se aprueba en poco menos de tres días, que se discutirá dentro del plazo de un año, que tendrá entre la elección de constituyentes y la asamblea la distancia de siete meses y que, de aprobarse, sucederá en Febrero de 2026.
Pero también queda lugar para las preguntas, que este analista plantea y que prefiere dejar que las respuestas queden como tarea del hogar de cada lector y lectora: ¿Es la reforma constitucional una prioridad para el conjunto de los santafesinos? En un tiempo social donde la economía no levanta, y más allá de la buena imagen del gobernador Pullaro, ¿las discusiones estructurales de cierta ingeniería institucional interpelan a la sociedad? En definitiva ¿a quién le está hablando la política santafesina? Preguntas, en el doble juego del apuro de hoy para las reformas que se sancionarán quince meses después.