Este jueves, y a poco de que Diputados sancionara finalmente el proyecto, la Corte envió un comunicado adelantando su postura y un guiño al oficialismo. En ese marco, señaló que en el proyecto originariamente aprobado, antes de la modificación final, se “excluía a los fiscales, defensores, empleados y funcionarios”.
No obstante, con el nuevo texto de la reforma del impuesto, ese punto fue modificado y, de acuerdo con la redacción actual, "queda claro que todos los empleados, funcionarios, fiscales, defensores, magistrados que están en funciones no pagarán el impuesto", mientras que, "quienes ingresen a partir de 2017 estarán obligados a pagarlo", indicó el Máximo Tribunal.
En 1995 se derogó la exención otorgada por la ley del impuesto a las Ganancias a los sueldos de los magistrados del Poder Judicial y los integrantes de la Corte Suprema de Justicia. Pero el Alto Tribunal -siendo juez y parte-, en abril de 1996 declaró la inaplicabilidad de la derogación, es decir que decidió considerar inconstitucional la ley 24.631 que había gravado los sueldos de los jueces.
La Corte siempre consideró que pagar impuesto a las Ganancias afectaba la independencia del Poder Judicial, considerando que no es un privilegio la exención de sus remuneraciones sino una garantía. A su vez, argumentó la intangibilidad de sus sueldos.
FUENTE: Rosario Plus